En el marco de una serie de Decretos de Necesidad y Urgencia emitidos por el presidente Alberto Fernández, la Justicia emitió un fallo que contundente. Este viernes 30 de abril la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional insta al primer mandatario a limitar la legislación vía DNU.
La presentación judicial había sido impulsada por abogados de la Fundación Apolo, creada en 2016, quienes explicaron: "Mediante los últimos DNU, el Poder Ejecutivo Nacional ha limitado la libertad ambulatoria de las personas en todo el territorio nacional; es decir, el Presidente de la Nación ha vulnerado, a través de sus medidas restrictivas, un derecho constitucional fundamental: el de circular libremente".
"Como respuesta, y en defensa de las libertades y derechos individuales que la Constitución Nacional y los tratados internacionales garantizan, la Fundación Apolo actuó oportunamente en consecuencia mediante un habeas corpus individual —que presentó su presidente, Antonio Fratamico, ante las autoridades de la Justicia Federal— para que se garantizara el derecho constitucional de circular libremente por la vía pública sin temor de ser detenido en el contexto de la pandemia del coronavirus", argumentaron.
Las frases más importantes del mensaje de Alberto Fernández sobre las restricciones
Entre los principales párrafos de la sentencia se consigna: “El análisis actual, a pesar de la calamitosa realidad sanitaria, no puede -ni debe- desatender el alcance ciertamente restrictivo que los constituyentes del año 1994 asignaron a este resorte catalogado como de necesidad y urgencia. Lo contrario importaría, prácticamente, negar las bases constitucionales sobre las que se erige todo estado de derecho y que nunca deben dejar de ser norte de todo gobierno”.
"Actualmente el Poder Ejecutivo continúa recurriendo, con un uso desmedido, al dictado de los D.N.U. en los que se invoca la emergencia derivada de la pandemia del Covid-19 para pretender justificar la necesidad de suspender, restringir y alterar el normal y libre ejercicio de ciertos derechos (art. 14 de la Constitución Nacional). A esta altura ya no es posible sostener que la herramienta legal utilizada sea respetuosa del principio republicano de gobierno (art. 1 de la Carta Fundamental) y de todo Estado de derecho", señala el texto resolutivo.
"Esa manera que tiene el Gobierno de eludir sus obligaciones y compromisos mediante pretextos no es más que negar las bases constitucionales sobre las que se erige todo Estado de Derecho y a las que nunca debe darse la espalda", concluyeron desde la Fundación.
Los jueces firmantes Magdalena Laiño, Julio Marcelo Lucini e Ignacio Rodríguez Varela habilitó el habeas corpus, e intimaron a Alberto Fernández a no emitir más DNU, por lo que las restricciones deberían, a partir de ahora, analizarse y aprobarse en el Parlamento, según lo observador por el tribunal.
Fueron notificados asimismo tanto el jefe de Gabinete Santiago Cafiero como Sergio Massa y Cristina Fernández de Kirchner, como titulares de ambas cámaras legislativas.
(*) Con la colaboración de Gabriel Ziblat.