La prohibición este lunes por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) para miel, miel vegana y una bebida probiótica es de alcance nacional, tal como lo dispone en las publicaciones del Boletín Oficial 8726-8728/2020 y 8732/2020.
En esta Disposiciones, la ANMAT establece: “Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea y digitales del producto: 'Miel Vegana', marca Ocho Vientos. Comida Vegana, Producto 100% vegano, Hecho en una casita argentina, por carecer de autorización de establecimiento y de producto y por denominarse miel sin serlo, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal".
La ANMAT prohíbe "la comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea y digitales" de la miel, miel vegana y una bebida probiótica.
Las misma prohibición alcanza al producto 'Miel de Abejas, marca El Chaja, Sólida, RNE N° 22000157, RNPA N° 22000508, Producto de Exportación' por considerarlo un “producto ilegal”, dado que posee un rotulado reglamentario inexistente y “carecer de registros de establecimiento”.
En igual sentido la disposición respecto prohibir la comercialización y la calificación de “producto ilegal” alcanzó a la "bebida fermentada de bajo contenido alcohólico a base de azúcar - Bebida Probiótica Fermentada - marca Sr. Kefir, sabores varios, ya que carece de autorización del ente gubernamental tanto el establecimiento como el producto.