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Apelación

Clases presenciales: qué dice el fallo que ordenó la apertura de escuelas

La sala IV de la Cámara de Apelaciones de la Ciudad decidió dejar sin efecto el DNU de Alberto Fernández que suspendía las clases a partir de este lunes 19 de abril.

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De regreso. En distintas provincias las escuelas repiten las medidas sanitarias básicas. | telam

La sala IV de la Cámara de Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires resolvió este domingo "dar lugar a la queja interpuesta" por el jefe de gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, respecto de la suspensión de la clases presenciales por 15 días.

El Ministerio Publico Fiscal remarca, en un escrito de 13 páginas de extensión, que "los argumentos brindados, que este tribunal comparte y hace suyos, corresponde admitir el recurso de queja, conceder el recurso de apelación y avocarse a su tratamiento".

Acto seguido, indica que dicho DNU "compromete el derecho a la educación de niños, niñas y adolescentes y el acceso a una tutela judicial efectiva, lo que implica brindar a las partes y a la sociedad una decisión en tiempo útil que responda sus planteos".

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Resalta también que “no puede hacerse caso omiso de la escasa información presentada sobre la incidencia que supondría la presencialidad escolar... y uso de los medios de transporte... en el crecimiento del número de infectados por Covid-19".

Continúa precisando: "el Decreto sancionado por el Poder Ejecutivo nacional, en su artículo 2°, párrafo tercero, vulneraría en forma directa la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, respecto de materias específicamente locales, como es el derecho a la educación".

Finalmente, y teniendo en cuenta lo antedicho, obliga a dejar sin efecto "lo dispuesto en el art. 2°, párrafo tercero del DNU n° 241/21", que obligó a la Ciudad a interrumpir la presencialidad en las aulas.

Lee el fallo completo:

JFG