"Yo pasé de ser una ‘periodista amiga’ a que pidan mi cabeza en La Nación+ y El Observador", denunció Viviana Canosa. En su vuelta a la radio, la periodista acusó que al presidente Javier Milei de intervenir en el despido de sus dos trabajos.
Durante su primera emisión en su nuevo programa en Radio Rivadavia, Canosa realizó un editorial titulado "Libertad de expresión", en el que denunció públicamente que el presidente Javier Milei la dejó sin radio y sin televisión.
"Este es un gobierno que le tiene pánico a la libertad de expresión. Yo pasé de ser una ‘periodista amiga’ a que pidan mi cabeza en La Nación+ y El Observador. El presidente me dejó sin radio y sin televisión. El mismo tipo que tiempo atrás me había pedido de muy buena manera que le presente el libro. Yo de todo corazón lo hice. Al poco tiempo me enteré que era un plagio", señalo la periodista.
La periodista afirmó que su ruptura con Javier Milei ocurrió durante la campaña electoral cuando denunció corrupción. "El quiebre con Milei fue cuando en plena campaña denuncié la venta de candidaturas a la gente de Massa y ahí me convertí en su enemiga. Esa noche solo conté la verdad. No iba a ser cómplice de este engaño al pueblo argentino", señaló Canosa.
"Yo me fui de vacaciones con trabajo y diez días antes de arrancar me avisan que no vuelvo a la tele. El presidente lo hizo: al mes de asumir me sacó mis dos trabajos", expresó.
La periodista también contó que el gerente de La Nación+ le había advertido que Milei no la quería en pantalla si ganaba la presidencia: "El gerente de La Nación+ me había contado que Milei le había pedido que si ganaba no me quería ver más en la pantalla de ese canal. Me aseguraron que eso no iba a pasar, pero pasó".
En cuanto a El Observador, señaló que Luis Majul le comunicó que no cumpliría con lo pactado, dejándola sin su programa de radio."Primero Majul (quien maneja El Observador) a mediados de diciembre me dijo que no podía cumplir lo que me había prometido, un cambio de horario, y me dejó sin radio. Yo ya había viajado a Punta del Este. No sé qué favores habrán pagado para hacer rodar mi cabeza", denunció.
Finalmente, Canosa ironizó sobre la situación, afirmando: "Lo loco es que yo pensé que si ganaba Sergio Massa me quedaba sin laburo, pero fue todo lo contrario. Me quedé sin laburo cuando ganó Milei".
Acceso limitado a la información estatal
Esta situación se enmarca en un contexto más amplio de cuestionamientos sobre la transparencia y acceso a la información pública en Argentina, exacerbado por el Decreto 780/2024. Esta norma dictada por el presidente Javier Milei reglamenta algunos artículos de la Ley de Acceso a la Información Pública sancionada en 2016, establece restricciones en la definición de "información pública" y "documento", limitando el acceso a datos bajo criterios de confidencialidad o privacidad, y ampliando las excepciones a la información que podría comprometer la seguridad de las personas.
Según la ley aprobada en 2016, “información pública” es “todo tipo de dato contenido en documentos de cualquier formato que los sujetos obligados (…) generen, obtengan, transformen, controlen o custodien”. El Gobierno Libertario ahora estableció, a través de la nueva reglamentación, que “no se entenderá como información pública a aquella que contenga datos de naturaleza privada que fueran generados, obtenidos, transformados, controlados o custodiados por personas humanas o jurídicas privadas o por la ausencia de un interés público comprometido”.
El Gobierno nacional señaló que la información pública “comprende cuestiones de interés público ligadas a la actividad estatal y su control, y excluye por su propia naturaleza a la información que hace al ámbito privado del funcionario o magistrado, especialmente cuando la solicitud pretende ingresar a una esfera típicamente doméstica”.
Por su parte, la ley establece que “documento” es “todo registro que haya sido generado, que sea controlado o que sea custodiado por los sujetos obligados (…), independientemente de su forma, soporte, origen, fecha de creación o carácter oficial”. El nuevo decreto establece que esa definición sólo debe entenderse referida a la “actividad estatal”. Y aclara: “Las deliberaciones preparatorias y papeles de trabajo, o el examen preliminar de un asunto, no serán considerados documentos de carácter público”.