
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) optimizó el procedimiento para efectivizar los beneficios previstos por la ley de Biotecnología, a través de la Resolución General 4934/2021 publicada en el Boletín Oficial.
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De acuerdo con esta resolución, los titulares de “proyectos de investigación y/o desarrollo de biotecnología moderna o de producción de bienes y/o servicios de biotecnología moderna” podrán acceder al beneficio de amortización acelerada en el impuesto a las ganancias por los bienes de capital, equipos especiales, partes o elementos componentes de dichos bienes, nuevos, adquiridos con destino al proyecto promovido”.
También podrán solicitar solicitar la acreditación y/o devolución anticipada del IVA por esas adquisiciones, establece la resolución de la AFIP.
Por otra parte, la AFIP recibirá la información sobre las solicitudes aprobadas de manera mensual para los pedidos de devolución de IVA y de manera anual para cuando se solicite la amortización acelerada del Impuesto a las Ganancias.
LM
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