La Corte demora la ley universitaria y el Gobierno gana tiempo para sostener el superávit pactado con el FMI
Mientras el máximo tribunal evita una definición inmediata sobre la Ley de Financiamiento Universitario, el Gobierno apuesta al reloj judicial para aliviar la presión sobre las cuentas públicas. En el Ejecutivo calculan que cada mes sin fallo definitivo implica un ahorro de unos US$ 117 millones y permite sostener la meta de superávit de 1,4% del PBI comprometida con el FMI. Las universidades ya obtuvieron fallos favorables en primera y segunda instancia, pero la Casa Rosada confía en que la resolución final llegue recién en el segundo semestre y reduzca el costo fiscal de aplicar la norma.
El Ejecutivo tiene una expectativa; para el gobierno, positiva. Para la sociedad, difícil. Según la información que circula por los pasillos oficiales con contactos ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ); el máximo tribunal judicial del país no definiría de manera urgente la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario. Entendiendo por urgente una decisión contraria al oficialismo que implique la aplicación inmediata de la legislación aprobada en el Congreso Nacional, pero judicializada por el Ejecutivo. Si bien no hay pistas serias sobre la manera en que el tridente cortesano pueda volcarse de un lado o de otro, desde las oficinas fiscales del gobierno se trabaja con una resolución negativa. Algo lógico teniendo en cuenta que ya hay dos fallos en contra de la no aplicación de la ley en primera y segunda instancia. Los que saben de modos judiciales, afirman que es casi utópico que en la Corte se defina algo contrario a lo que en conjunto se falle en primer y segunda instancia. Ante el panorama pesimista, el Ejecutivo se aferra entonces al factor tiempo. Que, en términos prácticos se mide en millones de dólares. Dicho de otra manera, cuanto más tarde en definir la CSJ una situación contraria al gobierno, más dinero se ahorrará el Ejecutivo en aplicar la ley. Y, en consecuencia, menos dólares se “gastarán” en aplicar le Ley. La instancia de máxima en este sentido, es que la Corte demore hasta fines de junio, para que la reglamentación se aplique en julio y los gastos comiencen en agosto. Así, en términos fiscales, el gasto final para el ejercicio 2026 sería de entre 467 a 580 millones de dólares; y no de 1.400 millones; partiendo de la base que el costo fiscal de ejecución de la Ley de Financiamiento Universitario tendría un volumen de 0,2% del PBI. Mensualmente serían unos 117 millones de dólares mensuales sobre la base del producto del 2025, única manera legal de mensurar sobre presupuesto vencido; ya que las partidas para aplicar no están en la letra del presupuesto nacional aprobado por el Congreso para este ejercicio. En consecuencia, el gobierno tiene legalmente la posibilidad de ejecutar el gasto suspendido a partir y hacia delante que la Corte avale la legislación, con lo que el gasto concreto partiría desde el mes inmediatamente posterior al eventual fallo. Y como se trata de dinero para presupuesto sobre mes vencido, el pago se ejecutaría a comenzar el mes siguiente. Así, por ejemplo, si la CSJ falle en junio, el gasto se ejecuta en julio y se liquida en agosto. Siguiendo esta cuenta fiscal, cada mes que la Corte demore una definición, son unos 117 millones de dólares que el gobierno no tiene que gastar para este año. Luego, para el 2027, la historia dependerá de la negociación del nuevo presupuesto, donde el Ejecutivo intentará nuevamente dormir la ley y retomar la negociación con la “oposición constructiva”.
En concreto, y en términos fiscales, el gobierno gana unos U$S 117 millones por mes de demora de la Corte. Algo que en términos fiscales es oro en polvo teniendo en cuenta la meta de superávit fiscal primario de 1,4% del PBI que se deben cumplir según el acuerdo de Facilidades Extendidas vigente con el Fondo Monetario Internacional (FMI) vigente para este año. Cuanto más se tarde en el tiempo en aplicar la ley, menos dinero habrá que conseguir en algunas otras cuentas públicas o sacrificar ingresos para poder hacer frente a la erogación.
La causa por la Ley de Financiamiento Universitario está en condiciones de resolverse en la Corte Suprema, pero sin fecha definida. El conflicto judicial se originó porque el gobierno de Javier Milei suspendió por decreto la aplicación de la ley aprobada por el Congreso, argumentando que no tenía financiamiento y que afectaba el equilibrio fiscal. Las universidades nacionales, nucleadas en el Consejo Interuniversitario Nacional, fueron a la Justicia para exigir su cumplimiento.
Hasta ahora, las universidades obtuvieron fallos favorables en instancias inferiores:
*La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó una cautelar que ordena aplicar artículos clave de la ley, especialmente los vinculados con actualización presupuestaria, salarios docentes y no docentes, y becas estudiantiles.
*Luego, esa misma Cámara habilitó el recurso extraordinario presentado por el Estado, lo que abrió formalmente la intervención de la Corte Suprema.
*La Cámara había dejado en firme el fallo de primera instancia a favor de la aplicación de la Ley dictado por el juez federal en lo Contencioso Administrativo Enrique Cormick, CIN y varias universidades nacionales. La decisión había declarado aplicable (de manera provisoria y hasta que definan los tribunales superiores) el decreto del Poder Ejecutivo que suspendía la ejecución de la ley 27.795 y ordenó al Gobierno comenzar a cumplir los artículos centrales de la norma.
El eje jurídico central que deberá resolver la Corte es si el Poder Ejecutivo puede dejar sin efecto o suspender la aplicación de una ley vigente aprobada por el Congreso mediante un decreto. También está en discusión si existe afectación al derecho a la educación y a la autonomía universitaria.
Mientras tanto, el Gobierno mantiene su postura de no aplicar la norma hasta que el Congreso indique una fuente específica de financiamiento
La estrategia oficial se base en este escenario fiscal:
*Aplicar la ley tal cual fue aprobada por el Congreso Nacional tendría un costo fiscal aproximado de 0,2% del PBI; con lo que medido sobre el producto nacional versión 2025 implicaría un costo anualizado de U$S 1.350 millones.
*Como ya estamos en mayo, y de aceptarse su ejecución comenzaría en junio o julio, el nivel de erogación debería dividirse en dos, dado que se aplicaría sólo para el segundo semestre. Esto es, unos 675 millones de dólares. O, medido sobre el PBI, 0,1% del total.
*Si se tiene en cuenta la meta comprometida con el Fondo Monetario Internacional (FMI) para todo el año de un superávit primario de 1,4%, cruzado con la proyección acumulada a abril de un resultado positivo final de 1,5% (según los primeros resultados del año), el costo fiscal de aplicar la ley en lo que queda del 2026 sería neutro. O, a lo sumo, requeriría un esfuerzo fiscal mínimo para el segundo semestre del año.
*Si bien se registra en los primeros cuatro meses del 2026 una contracción de la recaudación sobre inflación, con una caída acumulada en el primer cuatrimestre de 5% aproximado; los analistas consideran que para el segundo semestre (cuando podría aplicarse la ley), los ingresos por impuestos ya estarían operando por arriba de la inflación.
*En cuanto al superávit financiero, se estima que para el año se proyecta un 0,4% final; con lo que el costo final de aplicar la ley reduciría el indicador a un 0,2 o 0,3%. Este superávit no es meta fijada con el FMI, con lo que una caída por ejecutar la legislación universitaria no cambiaría el panorama, siempre que el resultado se mantenga positivo.
*Los datos reales indican que las transferencias presupuestarias cayeron un 25% desde diciembre del 2023 hasta abril del 2026. Los salarios promedios de los profesores titulares de las universidades públicas cayeron entre 30 y 35% dependiendo de la dedicación y exclusividad. Los salarios de los profesores universitarios se ubican entre los 350.000 (simple) y 1,8 millones en bruto para los rectores, según el dato de febrero; ultima actualización. Con la nueva ley el primero pasaría a cerca de 500.000 pesos y el segundo a 2,3 millones. Siempre en bruto.
*Dos datos que menciona el gobierno. Que se habilitó a las universidades a cobrar aranceles a los estudiantes extranjeros (la medida nunca se ejecutó) y la UBA no habilitó ninguna de las auditorías comprometidas.
El Gobierno mira el problema desde el punto de vista fiscal con el FMI como pared, y a partir de haber comprometido para este ejercicio un superávit fiscal primario de 1,4% del PBI. Esto es, simplemente, el resultado entre recaudación y gastos. En total, serían unos 6.200 millones de dólares de ahorro primario durante todo el ejercicio, cuando, según informó ayer el Ministerio de Economía, durante los primeros cuatro meses del año se acumuló un superávit primario de aproximadamente 0,5% del PBI y un superávit financiero de aproximadamente 0,2%.
La velocidad de ahorro parece conveniente. Sin embargo, la evolución negativa de la recaudación impositiva contra la inflación pone en duda la meta. El quinto piso del Palacio de Hacienda debe trabajar en la aplicación durante 2026 del esquema de 2024, basado en el símbolo “Licuadora y Motosierra”. Esto es, bajar el gasto con una doble combinación: aplicar, primero, una reducción directa del gasto público cercana al 2% en cada área de gestión administrativa, instrucción que el propio Luis “Toto” Caputo difundió entre sus colegas ministros con el aval personal de Javier Milei.
Es la llamada “Motosierra”. Sin embargo, también se está aplicando una licuación de parte del gasto al congelar el nivel de erogaciones (fundamentalmente salarios) en un esquema inflacionario que, necesariamente, implica una contracción del gasto ante una mejora de la recaudación (aunque sea nominal) por el incremento de los precios. Es la denominada “licuadora”. Entre ambos factores ayudaron al 0,5% de superávit primario del período enero-marzo. El problema es que el esquema parece agotarse, especialmente por la necesidad de, ahora sí, actualizar algunos gastos, como incrementos salariales y transferencias a provincias, además de la siempre complicada atención del déficit previsional, que en el primer trimestre del año mostró una contracción del 5% en los ingresos de los aportantes, con la obligación de mantener los incrementos de los jubilados y pensionados vía inflación.
Con este panorama, resulta más que difícil para la teoría fiscal oficial cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario. Los cálculos más conservadores hablan de un costo fiscal de 0,2% del PBI, lo que implicaría entre $2 y $3 billones anuales, dependiendo de la evolución final de la inflación durante el ejercicio. Si este cálculo (conservador) se aplicara, la meta de 1,4% del PBI sufriría un impacto grave, en medio de un panorama donde la evolución de la recaudación está seriamente comprometida. Hay que recordar que la ley indexa gastos (salarios + funcionamiento) por inflación y, aunque el costo se mantiene como porcentaje del PBI, sube en pesos nominales.