OPINION

La gran amenaza desestabilizadora para 2026: los juicios internacionales que acechan al país

Mientras el debate político se concentra en la coyuntura inmediata y en las urgencias del corto plazo, el país enfrenta una bomba de tiempo en los tribunales internacionales. Se trata de un volumen de pasivos judiciales que ronda los USS 30 mil millones, en su mayoría fuera del Presupuesto y prácticamente ausentes del debate público, que podrían comenzar a volverse exigibles a partir de 2026. Los casos más emblemáticos –el juicio por la reestatización de YPF en los tribunales de Nueva York, la causa por la manipulación del PBI y el no pago de los cupones atados al crecimiento económico en Londres– ya cuentan con fallos adversos.

Loretta Preska. Falló en contra de la Argentina en el juicio por la reestatización de YPF. Foto: Pablo Temes

No está incluido en el Presupuesto. No está mencionado como crítica por parte de la oposición. Prácticamente es un tema ignorado por la clase política argentina. Pero se trata del factor más amenazante de inestabilidad económica, financiera y fiscal para el país. Se trata del altísimo volumen de pasivos que el país mantiene en juicios contra la Argentina en diferentes tribunales internacionales, que podrían estallar en gran parte durante el 2026; y que, de no mediar negociaciones infernales y aperturas amplias de los mercados internacionales, implicarían que el país no podría enfrentar semejante cantidad y calidad de pasivos. En total, sumando todas las causas existentes, se llega a la temeraria cifra de US$ 30 mil millones, con dos juicios emblemáticos a la cabeza: el encauzado por la manera en que se renacionalizó YPF en 2012 y que ya tiene fallo negativo en primera instancia en Nueva York, y el que involucra a la manipulación del PBI y los cupones de los bonos argentinos durante la última etapa del kirchnerismo. Causa que está radicada (y casi perdida) en Londres.

La causa por la petrolera tuvo novedades importantes esta semana. La jueza Loretta Preska anunció que no embargará acciones de la compañía en garantía, a la espera de una decisión de la Cámara de Apelaciones de Nueva York. Ahora se abre un período de tiempo indefinido, donde los jueces de la Segunda de Apelaciones de Nueva York deberán tomar una decisión de fondo sobre la causa por la manera en que se renacionalizó YPF. Estos son Denny Chin, José Cabranes y Beth Robinson, quienes ya están en estudio de la situación, pero aún no dieron pistas sobre los tiempos. Por lo que se presume, no habrá novedades durante el primer trimestre del año, ya que aún no están citadas las partes para escuchar las argumentaciones de rigor; con lo que, a lo sumo, recién habría novedades para el período abril-junio del 2026. O aún más allá del tiempo también. 

Los puntos fundamentales de la causa. Para muchos la necesidad de una reestatización de la petrolera era necesaria. Repsol estaba haciendo un desastre, invirtiendo más en Libia que en la Argentina.

Se razona además que ante la aparición de Vaca Muerta, el proyecto de desarrollo de ese yacimiento debía tener como principal operador a una empresa argentina. En lo posible estatal.

El juicio no es por la decisión de reestatizar, cuestión que era necesaria. Es por la manera en que se reestatizó.

El estatuto de la privatización de 1992 (era Estenssoro) incluía una Oferta Pública de Adquisición (OPA). Esto implica que cualquier operación de toma de acciones en poder de privados, obliga a realizar una oferta similar al resto de los accionistas.

Desde el 26 de junio de 1993 Argentina decide (como país soberano) salir a cotizar parte de las acciones de YPF en la Bolsa de Nueva York. Desde ese momento, inevitablemente, acepta las normas de la SEC, que incluyen el respeto de la OPA. Y la jurisprudencia de EE.UU. indica que esto es superior, incluso a las normas de países. Esto puede gustar o no, pero es así. Y debía haberse tenido en cuenta.

En la decisión de reestatización de 2012 se decide pagar unos US$ 6 mil millones a Repsol, pero no aplicar la OPA. Se decide además dejar de distribuir dividendos a los accionistas.

El Grupo Petersen había acordado con Repsol pagar parte del 25,46% de las acciones a través del giro de esos dividendos. Como ya no se giraba el dinero, Petersen, a través de Petersen Energía y Petersen Inversora, se presentan en concurso (y posterior quiebra) en los tribunales comerciales de Madrid. Desde ese momento, el Grupo Petersen deja de tener que ver con esta causa; y, en consecuencia, probablemente no reciba un solo dólar de este caso. (Crean o no, es así).

El síndico de la causa radicada en Madrid, vende la causa (esto es habitual) el 4 de mayo de 2015. La compra Burford en US$ 15 millones. Lo hace a través de Prospect Capital (una subsidiaria semisecreta, para que no se sepa que Burford estaba detrás). Luego ampliaría “la inversión” en 70 millones.

En septiembre de 2015 Burford se presenta en los tribunales de Nueva York. Por sorteo toca Loretta Preska, heredera del sillón de Thomas Griesa como jueza de primera instancia en el Distrito Sur de Nueva York.

Entre diciembre 2016 y marzo 2018, Preska se toma su tiempo para analizar las leyes cruzadas de Argentina y EE.UU. En marzo 2019 define que las normas de la SEC son más importantes que las leyes locales. Se basa, otra vez, en jurisprudencia de EE.UU.

En septiembre de 2023 falla a favor de Burford y un segundo demandante llamado Eton Park (Dios sabe quién está atrás de estos).

El problema fue no haber extendido el pago a Repsol, a una oferta al resto de los accionistas. Luego estos podían aceptarla o no. Pero era obligación, por estatuto, abrir la oferta al 49% de los accionistas.

Sobre la obligación de esta operación, hay jurisprudencia en la Justicia de EE.UU. Argentina podría haber aceptado o no abrir las cotizaciones de una parte de las acciones de YPF en Wall Street. Pero si lo hacía, debía respetar las reglas de la SEC (autoridad del mercado de capitales norteamericano).

El fallo de fondo fue el de septiembre del 2023. Ahí se perdió el juicio. La Argentina está obligada por leyes locales a apelar. De no hacerlo, al Presidente en ejercicio le cabe la acusación de mal ejercicio en sus funciones.

Por su parte, la causa por la manipulación de títulos públicos en 2013, y el consecuente no pago de los intereses correspondientes al Cupón 2013, tiene ya fallo firme en los tribunales ingleses. La Argentina perdió el caso en primera y segunda instancia, en ambos casos con todos los votos de los jueces en contra, y acudió al máximo tribunal del Reino Unido como última alternativa jurídica para tratar de torcer la historia. Sin embargo, en octubre del año pasado, la Corte británica rechazó tratar la causa, con lo que dejó en firme el fallo de primera y segunda instancia. Son los fallos del juez Stephen Phillips y del Tribunal de Apelación de Inglaterra y Gales a favor de los demandantes Palladian Partners y Norinver Capital, entre otros; que denunciaron a la Argentina por haber abonado intereses correspondientes por el mecanismo de los títulos Cupón PBI emitidos durante el canje de deuda de 2006. Argentina esperaba que la causa en Inglaterra se cayera, dado que en abril de 2023, una causa espejo en el tribunal, curiosamente, de Loretta Preska, resolvió en contra del reclamo. Sin embargo, en marzo de 2024, Phillips ratificó su decisión, y cerró el caso a favor de los demandantes de Londres. Phillips se mantuvo en el criterio jurisprudencial inglés, afirmando que la Argentina efectivamente alteró el PBI de 2013, perjudicando a los ahorristas que habían confiado en el bono emitido por el país para salir del default de 2002, y durante el canje de deuda de 2006.

Según la decisión del juez Phillips del 8 de marzo pasado, “las declaraciones posteriores al fallo (correspondiente a los cupones PBI en euros) de funcionarios argentinos reflejan la misma postura desafiante adoptada frente a los fallos a favor de los holdouts (tenedores de títulos de deuda soberana argentina) años atrás”. Y agregó: “Si bien es cierto que hay un nuevo gobierno desde diciembre, aún no ha demostrado que adoptará un enfoque diferente para honrar los fallos de Cortes internacionales. En particular, la nueva administración no se ha distanciado públicamente de los comentarios realizados por los antiguos funcionarios. También es digno de destacar que la República no ha abonado ningún monto del fallo [YPF] del tribunal del Distrito Sur de Nueva York, ni ha cumplido con las condiciones para suspender la ejecución (embargos) pendiente de apelación en ese caso”.

La causa original fue iniciada en Nueva York por el fondo buitre Aurelius en enero de 2015 por la supuesta “mala fe” del país al alterar la medición del PBI del Indec para el ejercicio 2013; lo que derivó en una causa espejo en Londres, a partir de una presentación del fondo cautivo de Aurelius y Novoriver a la que luego se sumó Palladian con un grupo menor de tenedores de deuda argentina.

Según los demandantes, el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, con Axel Kicillof como ministro de Economía, alteró la base de cálculo del Emae para que el crecimiento final del PBI de ese año no superara el 3,22% y así no activar la cláusula de liquidación del Cupón PBI. El Indec calculó para ese año un crecimiento del 2,9%, pero modificando el cálculo base, una acción que para Aurelius fue “adrede” para perjudicar a los tenedores de este bono, en lo que representa “mal desempeño de sus funciones”.