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El Gobierno convocó al Consejo del Salario para actualizar el Salario Mínimo: hoy no llega al $380 mil

La reunión se realizará de manera virtual el viernes 28 de agosto y contará con representantes de trabajadores y empleadores. El piso vigente alcanza los $376.600 mensuales para quienes cumplen una jornada legal completa.

Horacio Fazio: "Según cómo nos paguen, se valorará más o menos el trabajo que hacemos” Foto: Cedoc Perfil

El Gobierno nacional convocó a los integrantes del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, que participarán de una sesión plenaria ordinaria en busca de actualizar el piso establecido como salario base que regirá para el resto del 2026 y parte del 2027.

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El llamado fue publicado en el Boletín Oficial del jueves 20 de agosto, a través de la Resolución 1/2026 de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil. Esta medida cuenta con la firma de la presidenta alterna, Claudia Silvana Testa.

La reunión está pautada para el viernes 28 de agosto del 2026 a las 12:30 mediante una plataforma virtual. La convocatoria a segunda sesión está contemplada para las 14:00 de ese mismo día, en el caso de no alcanzar el quórum necesario en una primera instancia.

Para esta reunión se designará a dos consejeros presentes de cada sector para la firma del acta. En este punto cabe recordar que el acuerdo anterior fue oficializado a principios de diciembre del año pasado, luego de varias reuniones que concluyeron en la Resolución 9/2025.

Qué se discutirá en la reunión del Consejo del Salario

De acuerdo con la Resolución 1/2026, la comisión tendrá dos puntos centrales en su orden del día: la determinación del nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil y la actualización de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo.

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Una vez tratados esos temas, las definiciones serán elevadas al plenario del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil para su consideración. Allí también se designarán dos consejeros presentes de cada sector para la firma del acta correspondiente.

El Consejo está integrado por 16 representantes de los empleadores y 16 representantes de los trabajadores, además de su presidencia. La Resolución 1/2026 establece que la sesión será ordinaria y que, si no se alcanza el quórum necesario en la primera convocatoria, habrá una segunda reunión ese mismo día a las 14:00.

El Gobierno nacional convocó a los integrantes del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil

Cómo funciona el Consejo encargado de definir el salario mínimo

El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil fue creado mediante la Ley Nacional de Empleo N° 24.013 y tiene entre sus atribuciones la determinación del piso salarial. Su funcionamiento se encuentra regulado por distintas normas que establecen su organización institucional y operativa.

El organismo cuenta con una representación equilibrada entre trabajadores y empleadores: está compuesto por 16 representantes de cada sector, cuyos cargos son ad honorem y tienen una duración de cuatro años. A ellos se suma la presidencia del cuerpo.

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La Resolución 1/2026 también establece que, dentro del Consejo, será la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo la encargada de abordar específicamente las nuevas definiciones salariales. Entre sus atribuciones se encuentra determinar el Salario Mínimo, Vital y Móvil de acuerdo con lo previsto en el artículo 135 de la Ley N° 24.013.

Además del piso salarial, esa misma comisión deberá resolver los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo. De esta manera, la convocatoria abre una nueva instancia de discusión entre los representantes de trabajadores y empleadores sobre dos de las variables laborales contempladas entre las atribuciones del Consejo.

En agosto, el SMVyM registró un incremento del 1,12% respecto al valor del mes anterior, llegando a los $376.600

$376.600 en agosto y una nueva pérdida contra el IPC

El Salario Mínimo Vital y Móvil es el sueldo mínimo oficial que se establece para los trabajadores. En agosto registró un incremento del 1,12% respecto al valor del mes anterior, llegando a los $376.600, según lo indicaron desde la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

La medida fue oficializada en el Boletín Oficial del día 3 de diciembre del 2025, en la resolución 9/2025, con la firma de Claudia Silvana Testa, presidenta alterna del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. De esta manera se adelantaron los valores hasta el octavo mes del 2026.

El artículo de la normativa señala lo siguiente: “Fíjese para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias, en el Régimen de Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos del Estado Nacional que actúen como empleador, un Salario Mínimo, Vital y Móvil excluidas las asignaciones familiares, y de conformidad con lo normado en el artículo 140 de la Ley Nº 24.013 y modificatorias".

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En el apartado que corresponde a agosto del 2026 se indicó que el SMVyM es de $376.600, para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 y sus modificatorias.

Por último, el documento señaló además la excepción en el caso de las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción; siendo de $1.883 por hora, para los trabajadores jornalizados.

 

GZ/LT