Revés para Milei

Casación rechazó un recurso de Milei y cerró la denuncia contra el periodista Ari Lijalad

"Lo que empezó como un mamarracho (me denunció por un delito que ya no existe cuando los periodistas escribimos sobre funcionarios públicos) termina con un papelón (se le venció el plazo para presentar un papel)", describió el periodista.

Ariel Lijalad - Javier Milei Foto: Primicias al Día - CEDOC

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un recurso presentado en representación del presidente Javier Milei y dejó firme el cierre de la denuncia que el mandatario había formulado contra el periodista Ari Lijalad.

La decisión fue adoptada por la Sala I del máximo tribunal penal, integrada por los jueces Alejandro Slokar, Daniel Antonio Petrone y Diego Barroetaveña, ante un recurso de casación presentado por el abogado Francisco Oneto, representante del jefe de Estado.

"Lo que empezó como un mamarracho (me denunció por un delito que ya no existe cuando los periodistas escribimos sobre funcionarios públicos) termina con un papelón (se le venció el plazo para presentar un papel). Hoy la Cámara de Casación le puso punto final", festejó Lijalad. 

El expediente judicial se había puesto en marcha a raíz de los dichos del comunicador que el mandatario interpretó como agraviantes. Sin embargo, en todas las instancias previas tanto la jueza de primera instancia como la Cámara de Apelaciones habían desestimado la pulseada legal por considerar que no había ningún ilícito. Ante este nuevo traspié, el letrado intentó estirar la pelea en el máximo tribunal, pero se encontró con una barrera burocrática insalvable.

Para la dupla conformada por Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, la presentación llegó demasiado tarde. Al certificar que la impugnación se interpuso por fuera del plazo legal, la mayoría del tribunal le bajó definitivamente la persiana al expediente, clausurando cualquier posibilidad de seguir judicializando el caso en la vía ordinaria.

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Doctrina reforzada y blindaje a la labor de prensa

Al margen de rechazar el recurso por cuestiones de tiempo, el juez Alejandro Slokar optó por dejar una sólida marca en su voto. El magistrado enfatizó que la libertad de información constituye un pilar insustituible para sostener el sistema democrático, especialmente cuando las críticas apuntan directamente contra personas que ejercen cargos públicos.

En esa línea argumental, el camarista advirtió que el derecho penal jamás debe utilizarse como un mecanismo de intimidación o censura indirecta frente a temas de debate social. Recordó además que las expresiones cuestionadas de Lijalad se encuadraban plenamente dentro de su labor profesional, vinculadas a los medios y a cuestiones de indiscutible relevancia colectiva.

Para cerrar su postura, el magistrado remarcó que la propia legislación argentina frena de antemano este tipo de embestidas, ya que prohíbe tipificar como calumnias o injurias a las opiniones que giran en torno a asuntos públicos. De esta manera, el fallo no solo archiva el reclamo del Presidente por una falla formal de sus abogados, sino que consolida un estricto paraguas normativo en defensa del periodismo crítico.

TC/MSS