La Cámara Nacional Electoral anuló el DNU de Milei sobre ciudadanía y migraciones por considerarla inconstitucional
El tribunal determinó que el Poder Ejecutivo se excedió en sus atribuciones al intentar delegar el otorgamiento de la ciudadanía argentina a la Dirección Nacional de Migraciones.
La Cámara Nacional Electoral (CNE) declaró la nulidad absoluta e insanable del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025, mediante el cual el Gobierno nacional había transferido a la Dirección Nacional de Migraciones la facultad de otorgar la ciudadanía argentina. A este punto, el tribunal consideró que la medida excedió las atribuciones constitucionales del Poder Ejecutivo y avanzó sobre competencias que corresponden al Congreso.
Al respecto, sostuvo que el otorgamiento de la ciudadanía argentina está directamente relacionado con el acceso a los derechos políticos, como la posibilidad de votar y participar en los procesos democráticos. Por esa razón, consideró que el decreto avanzó sobre una materia de carácter electoral, un ámbito en el que la Constitución Nacional prohíbe expresamente que el Poder Ejecutivo legisle mediante decretos de necesidad y urgencia.
De este modo, los jueces recordaron que el artículo 99, inciso 3° de la CN, establece que este tipo de normas no pueden dictarse en materia electoral y que, de hacerlo, resultan nulas de manera absoluta e insanable.
Paralelamente, entendió que el Gobierno no acreditó la existencia de circunstancias de "rigurosa excepcionalidad" que justificaran el uso de un DNU. Los decretos de necesidad y urgencia solo pueden utilizarse cuando resulta imposible seguir el debate parlamentario habitual, una condición que, a su criterio, no se verificó en este caso.
La Cámara Nacional Electoral resolvió declarar la nulidad del DNU 366/2025, revocar una sentencia de primera instancia que había rechazado un pedido de ciudadanía y comunicar la decisión al Ministerio de Seguridad Nacional para que instruya a la Dirección Nacional de Migraciones sobre el alcance del fallo.
Además, dispuso notificar la resolución a todos los jueces federales con competencia electoral del país, con el objetivo de unificar criterios dentro del fuero.
El tribunal también subrayó que los magistrados tienen la obligación de preservar el principio de jerarquía normativa, según el cual una ley aprobada por el Congreso prevalece por sobre un decreto cuando este último excede las facultades constitucionales del Poder Ejecutivo.
El impacto del fallo
La decisión de la Cámara Electoral deja sin efecto una de las principales modificaciones introducidas por el DNU 366/2025 y reafirma que cualquier cambio en el régimen de ciudadanía debe realizarse mediante el procedimiento legislativo previsto por la Constitución.
Además, el fallo fortalece el control judicial sobre el uso de los decretos de necesidad y urgencia y fija un criterio claro respecto de los límites que tiene el Poder Ejecutivo para intervenir en cuestiones vinculadas con los derechos políticos y el sistema electoral argentino.
MV/ML
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