Empleo registrado

El Gobierno extendió el decreto que permite compatibilizar el trabajo rural con los planes sociales

La norma creada en 2021 fue extendida por un año, ante el reclamo de sindicatos y productores rurales. La decisión se formalizó mediante el Decreto 777/2025, publicado en el Boletín Oficial.

Al menos 120 mil trabajadores rurales registrados reciben ayuda económica estatal. Foto: RENATRE

El Gobierno nacional decidió extender por un año la vigencia del Decreto N° 514/2021, una norma que desde hace cuatro años permite a los trabajadores rurales mantener sus beneficios sociales aun cuando sean incorporados al empleo registrado. La medida, beneficia a más de 120 mil trabajadores rurales registrados y sus familias. 

La decisión fue oficializada este jueves mediante el Decreto 777/2025, publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

Según el texto oficial, el objetivo de la prórroga es “asegurar el cumplimiento de los objetivos perseguidos” por la normativa original y consolidar los resultados alcanzados en materia de inclusión laboral y formalización del trabajo rural. La decisión responde también a un pedido elevado el 22 de agosto por José Voytenco, secretario general de la UATRE y presidente del RENATRE, quien había solicitado la continuidad del régimen para sostener los niveles de empleo formal alcanzados.

“Prorrógase la vigencia del Decreto N° 514 del 13 de agosto de 2021, sus normas complementarias y aclaratorias, por el término de un año, contado a partir del 1° de septiembre de 2025”, establece el artículo primero del nuevo decreto. De esta forma, el Ejecutivo busca garantizar la continuidad de una política que integró protección social y empleo formal en el sector rural.

El Decreto N° 514/21 fue promulgado en agosto de 2021, durante la presidencia de Alberto Fernández, con la finalidad de promover el trabajo registrado y ampliar los beneficios de la seguridad social de los trabajadores rurales que prestan servicios en actividades temporales y estacionales, así como de sus grupos familiares. La norma surgió para eliminar un obstáculo histórico: el temor de muchos trabajadores rurales a perder sus planes sociales al aceptar un empleo formal.

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En su artículo 2°, la norma garantizó que las asignaciones familiares de los trabajadores contratados bajo las modalidades previstas no sean inferiores al 100% del valor de la Asignación Universal por Hijo (AUH) para Protección Social, según las condiciones y términos fijados por la reglamentación complementaria. Esta disposición fue clave para igualar los ingresos de los trabajadores formales con los de aquellos que perciben asistencia estatal.

Por otra parte, el artículo 3° estableció la complementariedad entre las políticas de protección social y el acceso al trabajo registrado, permitiendo que las personas titulares de determinados programas y prestaciones sociales pudieran mantenerlos al ser contratadas bajo las modalidades contempladas en la norma. Según el Gobierno, esta medida facilitó la formalización laboral sin que ello implicara la pérdida de beneficios sociales.

Sindicatos y productores rurales reclamaron por la prórroga del Decreto N° 514/2021.

El decreto original había sido prorrogado en 2023 por medio del Decreto N° 423/23, que extendió su vigencia por dos años, contados a partir del 1° de septiembre de ese año. Sin embargo, ante el vencimiento del plazo actual y los pedidos de entidades sindicales y empresarias, el Gobierno resolvió otorgar una nueva prórroga de doce meses.

En los considerandos del nuevo decreto, el Ejecutivo remarcó que “las medidas dispuestas han contribuido a la inclusión laboral de los trabajadores del sector, a la mejora de sus ingresos y de sus condiciones de vida y la de sus grupos familiares”. También señaló que resulta necesario y oportuno prorrogar la vigencia del decreto para asegurar el cumplimiento de los objetivos originales.

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El texto, firmado por Milei, Francos y Pettovello, especifica que los servicios de asesoramiento jurídico pertinentes intervinieron antes de la firma, y que la medida se dicta “en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2 de la Constitución Nacional”. Además, dispone su publicación, comunicación y archivo en la Dirección Nacional del Registro Oficial.

Desde el Ministerio de Capital Humano destacaron que la continuidad del régimen favorece la estabilidad del empleo formal en las economías regionales y garantiza la protección social de los trabajadores rurales temporarios. El Gobierno considera que esta herramienta fortalece el vínculo entre trabajo y asistencia estatal, evitando que la registración implique la pérdida de ingresos.

Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) celebraron la prórroga del decreto y destacaron que este esquema permitió resolver la falta de mano de obra en tareas de cosecha. Según estimaciones del sector, el trabajo temporario representa cerca del 70% de la mano de obra rural contratada, distribuida en más de 30 complejos productivos que abarcan el 63% de las explotaciones agropecuarias nacionales.

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