La Cámara de Diputados se dispone a discutir este miércoles 15 la reforma de la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos (26.215) impulsada por el Poder Ejecutivo. El proyecto propone, entre otras reformas, la legalización del financiamiento empresario durante las campañas electorales, algo prohibido por la legislación vigente.
El argumento de quienes defienden la propuesta es que este tipo de aportes ocurren a pesar de la prohibición y que, en consecuencia, sería mejor regularlos en pos de su transparencia. La postura se sostiene sobre algunas falencias argumentativas que, a su vez se refuerzan con varias deficiencias del proyecto de ley.
El argumento de quienes defienden la propuesta es que este tipo de aportes ocurren a pesar de la prohibición y que, en consecuencia, sería mejor regularlos en pos de su transparencia
Por empezar, el hecho de que una actividad prohibida “ocurra” no es per se argumento suficiente para su legalización. El financiamiento empresario debilita nuestro sistema democrático, en tanto incorpora un actor al juego electoral enfocado en la obtención de beneficios particulares y que, por su peso específico, atenta contra la igualdad entre los partidos, condiciona el diseño de las políticas públicas y estimula la corrupción. La transparencia, más que un objetivo en sí mismo, es un medio para garantizar mejores y más participativas instituciones democráticas. El planteo que impulsa esta norma subvierte el orden de prelación entre estos dos principios: menos democracia a cambio de mayor transparencia.
En segundo lugar, la evidencia desmiente la creencia de que la prohibición haya fracasado. Según trascendidos periodísticos, uno de los mayores incentivos para la aprobación de esta ley sería la exigencia de las empresas de un nuevo marco normativo que las proteja de eventuales causas como “cuadernos” y “aportantes truchos”. Aunque sin dudas, la ley actual debe ser mejorada, lo que fracasó no es la prohibición sino los controles. Cuando se controla, investiga -críticas aparte al cómo- e incluso sanciona, la prohibición es efectiva.
Qué dice la ley K de financiamiento de los partidos políticos
Por último, ante las advertencias sobre el riesgo de captura del Estado, el proyecto incorpora un límite al aporte por empresa del 2%, lo que intenta evitar que los partidos queden condicionados por uno o pocos aportantes. El problema es que no regula el aporte de los grupos empresarios o “holdings”, ni limita la cantidad de aportantes por sector, lo que permitiría que empresas diferentes pero con intereses comunes superen con facilidad este límite. La omisión no resulta menor: las causas judiciales antes mencionadas demuestran que son este tipo de empresas las que mayor capacidad y voluntad de financiamiento tienen.
Nuestra democracia se debe una ley que mejore la transparencia en el financiamiento electoral, que fortalezca la igualdad entre los partidos políticos y que garantice la independencia de la política de los poderes económicos. Los esfuerzos deberían concentrarse en mejores controles y recursos para que la justicia electoral sancione a los infractores, así como en esquemas inteligentes de financiamiento basados en aportes públicos y ciudadanos. El único camino posible para evitar una democracia capturada es una ley ampliamente debatida, sin sesgos de corto plazo y que priorice el interés general por sobre cualquier otra necesidad.
*Coordinador de Fortalecimiento de las Instituciones Democráticas de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)
CP