Perfil
CóRDOBA
MAS COMPLICADO

Acusado por grooming también fue imputado por abuso sexual y estafa

El fiscal Franco Pilnik amplió la acusación contra el joven Armando Quipildor con más hechos y delitos. Novedoso planteo sobre la entrega de claves para abrir una Macbook.

2020_08_30_quipildor_cedocperfil
QUIPILDOR. El fiscal de Cibercrimen lo acusa de abuso sexual sin contacto contra mujeres mayores de edad. | Cedoc Perfil

Con el avance de la investigación empeora la situación procesal de Armando Quipildor, imputado por el delito de grooming, que consiste en la producción de imágenes de contenido sexual de niños y adolescentes. Ya se han identificado unas 20 víctimas.

En una nueva decisión del fiscal especializado en Cibercrimen, Franco Pilnik, se le sumaron 14 nuevos hechos de coacción calificada por los contactos con más jóvenes de las identificadas inicialmente. También una estafa porque le cobró dinero a una de las chicas por sacarles los supuestos hackers del celular, cuando en realidad era él quien producía la invasión a sus redes sociales. Y además lo acusó de abuso sexual gravemente ultrajante porque obligó a dos jóvenes mayores de edad a filmarse en posiciones eróticas y producir conductas sexuales con sus cuerpos.

La investigación sigue su curso mientras la Cámara de Acusación tiene bajo análisis dos planteos de la defensa del joven, a cargo del abogado Esteban Papagenadio. Uno está referido a la oposición a la prisión preventiva que había dictado la Fiscalía y fue confirmada por el juez de Control, Milton Peralta. Y el otro es un planteo de nulidad sobre la entrega de claves para abrir una de las computadoras que tenía en su casa Quipildor el día en que se realizó el allanamiento a la vivienda.

En enero, PERFIL CÓRDOBA publicó el testimonio en primera persona de tres víctimas. Son jóvenes, actualmente mayores de edad, que habían conocido a Quipildor mientras cursaron el secundario en el Colegio Nacional de Monserrat. Según se pudo determinar hasta ahora en la investigación preliminar, aprovechando ese conocimiento previo, las contactó a través de redes sociales ofreciéndoles servicios de seguridad informática.

A partir de ese momento les advertía con engaños sobre supuestos hackeos a sus cuentas y conseguía así las claves de acceso a Google, Instagram, Twitter y Facebook. En realidad, él no sólo ingresaba a sus perfiles sino que les pedía fotos desnudas o en poses insinuantes diciéndoles que eran un requisito para que ellas recuperaran sus cuentas. Por temor, muchas accedieron a enviarle y a seguir todas sus directivas. De ese modo habría acumulado numerosas imágenes.

Pero además habría consumado estafas a algunas de las víctimas a quienes les cobró por la supuesta reparación informática a pesar de que el daño que ellas creían padecer era producido por él mismo. Desde diciembre del año pasado, Quipildor permanece detenido en Bouwer. La defensa pidió una ampliación de la pericia psiquiátrica para determinar el origen de su conducta pero al cabo de nueve meses aún no fue realizada.

 

¿ENTREGAR CONTRASEÑAS EQUIVALE A DECLARAR CONTRA SI MISMO?

El abogado Esteban Papagenadio relató a este medio que pidió la nulidad de parte de la prueba con un argumento que no tiene jurisprudencia en nuestro país. Cuando se realizó el allanamiento a la casa del imputado se le requirió la clave para acceder al contenido de una Macbook. Los sistemas de seguridad de los productos de Apple hacen imposible abrirlos sin la habilitación de sus dueños.

“Al librar la orden, el juez dio directivas para el secuestro de elementos pero no dijo que tenían que requerirse contraseñas”, explicó el letrado. Sin embargo, según el relato de los padres del joven, quienes concretaron el allanamiento lo obligaron a comunicar la clave de la Macbook donde encontraron más de medio centenar de fotos.

Papagenadio precisó que Quipildor no estaba asistido por un defensor, desconocía que eso equivalía a declarar en su contra y no pudo poner perito de control y tener la garantía de la cadena de custodia de los elementos secuestrados. “El juez entendió que era una colaboración, pero no fue tal porque él nunca fue asesorado que podía negarse, sin que eso implique nada en su contra”, puntualizó el defensor.

Si bien no hay antecedentes locales sobre un análisis con esta perspectiva, sí hay pronunciamientos de una corte norteamericana. El planteo de nulidad con este argumento está a consideración de la Cámara de Acusación, junto a la oposición a la resolución de prisión preventiva del joven imputado.

2020_08_30_corte_cedocperfil
La Corte de Indiana es uno de los tribunales norteamericanos que fijaron posición sobre la entrega de claves.

ANTECEDENTE EN EE.UU.

En el caso “Seo v. State”, la Suprema Corte del estado de Indiana, Estados Unidos, resolvió que obligar a una persona sospechosa de cometer un delito a desbloquear su teléfono para brindar datos potencialmente incriminatorios es inconstitucional ya que contradice lo dispuesto en la Quinta Enmienda, contra la autoincriminación. Esa garantía equivale al artículo 18 de la Constitución Nacional Argentina.

Si bien el Estado de Indiana resolvió en este caso a favor de un acusado, los tribunales estadounidenses aún se encuentran divididos respecto a cómo aplicar la Quinta Enmienda, principalmente porque los precedentes relacionados a esta temática son anteriores a la era de los ya conocidos “smartphones”.