El martes pasado, el fiscal Anticorrupción N ° 1 , Matías Bornancini, tomó declaración indagatoria a la abogada Ana Becerra, titular del Tribunal de Conducta Policial. La funcionaria había sido imputada por abuso de autoridad al detectarse aspectos poco claros o presuntamente irregulares durante los trámites administrativos y disciplinarios en relación al cabo Lucas Gómez, acusado de herir mortalmente a Valentino Blas Correas en agosto del año pasado.
El efectivo policial estaba en la calle, en tareas operativas, mientras tenía antecedentes por otro hecho en el que había sido imputado por encubrir al violador serial Leandro Castañares. En efecto, será juzgado por eso el mes próximo junto a otros tres efectivos.
En la descripción de la imputación a Becerra se señala su responsabilidad penal por permitir que Gómez volviera a la calle y la omisión de intervenir cuando la causa contra Gómez fue elevada a juicio.
Anticorrupción. El fiscal Matías Bornancini decidió la imputación de la funcionaria a partir de las posibles irregularidades detectadas en el trámite administrativo. Las preguntas son: ¿Por qué el cabo Gómez volvió a la calle en tareas operativas plenas? ¿Por qué fue tan breve la situación pasiva que se le aplicó? ¿Por qué, cuando fue elevada a juicio la causa en la que está imputado, se ordenó continuar la investigación administrativa pero no se afectó su situación en la fuerza?
Las explicaciones. La defensa técnica de la funcionaria –encabezada por el abogado Darío Vezzaro– señaló a PERFIL CÓRDOBA que Becerra respondió todas las preguntas del fiscal y explicó la actuación del tribunal en ese caso. Dijo que se decidió que retornara a la actividad porque no hubo pruebas sobre un posible entorpecimiento de la investigación administrativa; que se tuvo en cuenta el paso del tiempo y el carácter alimentario del sueldo del policía, entre otras razones.
Sobre por qué no se lo sacó de la calle y se le asignaron otro tipo de tareas cuando la causa se elevó a juicio, el defensor señaló que no corresponde según las normas de procedimiento. “En caso de condena, se aplica directamente la cesantía”, respondió.
En la fiscalía no descartan convocar a testigos e incorporar más prueba documental. Es un desafío aplicar las normas del Derecho Administrativo y ponderar si la actuación del tribunal que vela por la legalidad de la conducta policial fue demasiado laxo a la hora de aplicar medidas en el caso de Gómez, un policía que continúa imputado y sin embargo al momento del homicidio de Blas Correas estaba en funciones de calle.
Admiten, incluso, que se intenta determinar en qué casos se aplica como medida preventiva o cautelar el apartamiento de un efectivo de la calle, porque aparecen fronteras amplias que dan espacio a una gran discrecionalidad.
CUMPLIDO, SIN RESPONSABILIDAD PENAL
En tiempo récord, el juez de Control Anticorrupción Gustavo Hidalgo confirmó el viernes último el sobreseimiento del comisario general Gonzalo Cumplido, quien era director general de Seguridad Capital cuando ocurrió el homicidio de Valentino Blas Correas. No hay demasiados antecedentes en la Justicia de Córdoba sobre un pronunciamiento tan veloz que hasta asombró a los propios operadores de tribunales.
De este modo, quedó firme la solicitud del fiscal Anticorrupción N°2, Franco Mondino. En 32 páginas, el magistrado analizó la imputación inicial, los argumentos del fiscal y aportó sus conclusiones.
Cumplido había sido imputado por abuso de autoridad a mediados de marzo por el fiscal del fuero ordinario, José Mana, quien investigó y elevó a juicio la causa principal por el homicidio de Blas. Como la figura delictiva aplicada es competencia del fuero especial giró los antecedentes a Mondino. Después de tomarle declaración indagatoria el 28 de mayo, en pocos días el fiscal consideró concluida la pesquisa y el viernes pasado el juez la clausuró. En total pasaron solo dos semanas desde la indagatoria para el cierre definitivo del expediente.
El reproche penal a Cumplido radicaba en no haber concurrido personalmente al lugar del hecho cuando fue asesinado Blas por balas policiales. Por eso se lo acusó de omitir un deber como alto funcionario policial. “Hacerse presente en el lugar cuando ocurren hechos de trascendencia o repercusión pública, no es más que una práctica recomendable e ideal, que no surge de ninguna norma, reglamento o memorándum, sino de los usos y costumbres”, explicó el juez en base a la testimonial del asesor letrado de la Policía de Córdoba. Con ese argumento medular Cumplido quedó exculpado.