Por primera vez en Argentina, se juzgó y condenó a un grupo de personas por intermediación financiera sin autorización del Banco Central de la República Argentina (BCRA). Eduardo Rodrigo, sus cuatro socios y otras ocho personas recibieron penas de entre tres y siete años de prisión por la actividad que desarrollaron en CBI Cordubensis SA. A la luz del fallo -aún no está firme- hoy puede decirse que tras la fachada de una entidad que ofrecía cajas de seguridad, en el corazón de la city cordobesa, existió un banco clandestino.
El análisis que realicen los integrantes del Tribunal Oral Federal 2 (TOF2) en los fundamentos de la sentencia sentará jurisprudencia sobre la aplicación de la figura delictiva que fue incorporada al Código Penal de nuestro país a fines de 2011.
Entre los aspectos centrales, este primer proceso confirmó que en CBI existió intermediación financiera, evasión y lavado de activos por el origen ilegal de los fondos; que no hubo estafas porque los ahorristas depositaron sabiendo que las utilidades eran mayores a las ofrecidas por el sistema formal, y que tampoco se pudo considerar que entre los partícipes existió una asociación ilícita. Este último punto lo suscribieron dos de los miembros del tribunal -José Fabián Asís y Carlos Julio Lascano- mientras que Jaime Díaz Gavier opinó que sí la conformaron. La discrepancia permitirá que el fiscal pida la revisión en Casación.
Carlos Gonella, acusador, se mostró conforme con el resultado del juicio, fue prudente y señaló que decidirá si recurre luego de leer los fundamentos, que se conocerán el 3 de septiembre próximo.
CBI 2. No había decaído la expectativa por la conclusión de la primera megaaudiencia, cuando el juez federal 3, Miguel Hugo Vaca Narvaja, firmó el auto de elevación a juicio de un nuevo capítulo de la financiera. El eje es el mismo: las operatorias celebradas para captar fondos, monetizar papeles, evadir el impuesto al cheque y lavar dinero negro. Aunque agrega a empresas e instituciones que ‘trabajaron’ con CBI.
Se ventilarán, así, las operaciones efectuadas con Centro Motor Toyota y su financiera; con Siemens IT Solution and Services, en el sistema de boleto prepago para el transporte urbano de la ciudad de Córdoba, y el movimiento de cheques a través de empresas inexistentes desde Osecac, la obra social de Comercio.
Son 14 los acusados. A los ya condenados Eduardo Rodrigo y los cuatro socios (Aldo Hugo Ramírez, Julio César Ahumada, Daniel Arnoldo Tissera y Oscar Américo Altamirano), el exgerente de la sucursal de calle Rivadavia, Luis de los Santos; Darío Onofre y Darío José Ramonda (padre e hijo) y Alejandro Miguel Yacopini, los tres de las concesionarias Centro Motor Toyota de Córdoba y Mendoza; Juan Luis Dabusti, Raúl Alberto Toscano y Carlos Fernando Abril (directivos de Siemens) y Javier Guevara, contador y quien llevó a la financiera centenares de cheques de empresas fantasmas procedentes de la obra social Osecac.
Qué pasará con el ‘arrepentido’. Miguel Ricardo Vera fue condenado el viernes a seis años y seis meses de prisión y se le aplicó una multa de $25 millones. Había declarado como ‘arrepentido’ para obtener la excarcelación. Aportó los nombres de dos cueveros porteños, Joaquín Juana y Teófilo Grant, quienes habrían canalizado fondos de la corrupción de la obra pública nacional. Ambos fueron imputados.
Gonella explicó que el tribunal lo condenó por los delitos que solicitó la fiscalía, evasión y lavado de dinero. “La fiscalía consideró que por momento no corresponde el beneficio –explicó- porque los datos que aporta un arrepentido tienen que producir procesamientos y en este caso no los hay; cuando se den esas condiciones, tendrá derecho a pedir reducción de la condena, se lo considerará y resolverá”.
Profundizarán investigación a Bugliotti. El mismo viernes, el juez Vaca Narvaja también adoptó otra determinación. Giró copias digitalizadas al fiscal Enrique Senestrari para que continúe la investigación sobre el empresario Euclides Bugliotti, a quien hace dos años se le dictó falta de mérito por intermediación financiera y lavado de dinero. Su situación, a partir de entonces, fue la de quedar fuera de los procesamientos porque la Justicia consideró que no había suficiente prueba para procesarlo, pero tampoco para sobreseerlo. En efecto, bajó el perfil público al quedar bajo una virtual espada de Damocles.
Su nombre estuvo presente desde el día uno. En su carta póstuma, Jorge Suau le endilgó haber vaciado CBI retirando 70 millones de dólares. La fiscalía también continuará investigando a otro que fue beneficiado con la falta de mérito, Eduardo José Espinelli, titular de Toyota Compañía Financiera SA.
POR QUE SIENTA JURISPRUDENCIA
La figura de intermediación financiera y bursátil ilegal junto al lavado de activos fue una de las últimas reformas estructurales que realizó nuestro país para superar las advertencias y sanciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi). De allí, se resolvió incorporar normativas y unidades especializadas para combatir delitos penales económicos de envergadura.
Se creó la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), cuyo titular fue Carlos Gonella, el acusador en el juicio de CBI.
Por una ley aprobada en diciembre de 2011 se incorporó al Código Penal argentino el artículo 310 que sanciona la intermediación financiera no autorizada. Las llamadas cuevas o mesas de dinero ya existían como un fenómeno extendido, pero constituían una infracción administrativa. Desde hace siete años es delito.