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CóRDOBA
EN PRISION DOMICILIARIA

No hay tobillera electrónica para el represor Carlos ‘Tucán’ Yanicelli

Era una de las condiciones para salir de Bouwer, pero el Ministerio de Justicia de la Nación informó que es imposible, en este momento, instalar el sistema de seguimiento.

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CARLOS YANICELLI. Tiene custodia permanente de la Policía Federal en el domicilio donde continúa detenido en barrio Pueyrredón. | Cedoc Perfil

El Ministerio de Justicia de la Nación informó al Juzgado Federal 1 que “resulta de imposible cumplimiento” la instalación del sistema de seguimiento electrónico para el represor condenado por delitos de lesa humanidad Carlos “Tucán” Yanicelli.

La circunstancia no impidió, no obstante, que se le concediera la prisión domiciliaria que cumple actualmente en un domicilio de barrio Pueyrredón, en nuestra ciudad. Allí, por disposición de la Justicia, hay una guardia permanente de la Policía Federal.

La instalación de tobilleras electrónicas depende de la Dirección de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica, del Ministerio de Justicia de la Nación, El organismo actúa bajo un protocolo que rige la implementación de los mecanismos de vigilancia electrónica.

Una de las razones que la dependencia comunicó al juzgado de Ricardo Bustos Fierro es que, con motivo de la cuarentena, no pueden trasladarse hasta Córdoba para hacer las constataciones y montar el dispositivo.

En líneas generales, la tobillera no es solo un dispositivo aislado. Para ser activado requiere de servicio de internet más un router para permitir la comunicación. Cuando no hay Wi-fi en el domicilio, se requiere contratar una línea de telefonía móvil que permita monitorear los movimientos de la persona detenida. Toda esta tarea es realizada por personal del organismo nacional.

Los sistemas, sea cual fuere, deben ser configurados para que efectivamente emitan alertas ante el eventual alejamiento del interno del domicilio donde debe permanecer.

El juez Bustos Fierro le concedió la prisión domiciliaria porque Yanicelli padece una grave afección cardíaca que lo coloca no solo en el grupo de riesgo por Covid-19, sino en riesgo de muerte por su frágil situación coronaria. Esa decisión no fue apelada. En efecto, el servicio médico le había indicado una cirugía que se iba a realizar el 20 de marzo en el Sanatorio El Salvador.

La irrupción del aislamiento social preventivo obligatorio motivó la cancelación de la operación que, apenas se restablezcan las actividades normales, deberá ser realizada. Por esa razón, antes del pronunciamiento del juzgado, el Tribunal Oral Federal 1 -que también debe velar por la ejecución de las penas impuestas- ya le había otorgado la domiciliaria estableciendo un período pre y pos quirúrgico.