La frágil situación económica y financiera de miles de pymes y trabajadores profesionales y las proyecciones que vaticinan cierres masivos de empresas o un fuerte aumento de concursos preventivos y quiebras para los próximos meses, explica algunas iniciativas para intentar contener esos daños. La semana pasada tomó estado parlamentario un proyecto de ley impulsado por el diputado bonaerense Carlos Selva, del Frente de Todos, que busca generar un aliciente para las empresas que, golpeadas por los efectos económicos de la pandemia, deben presentarse en convocatoria de acreedores o corren riesgo de que se ejecuten sus garantías de obligaciones financieras. El proyecto plantea la emergencia para procesos de concursos preventivos y quiebras.
En sus principales artículos plantea: “Declárese hasta el 31 de diciembre de 2020, la emergencia de la situación de los sujetos comprendidos en los procesos de concursos preventivos y de declaración de quiebra en trámite; Por el plazo previsto para la presente emergencia: a) Suspéndase el cómputo de plazos procesales en todos los procesos regidos por la ley 24.522, Concursos y Quiebras. b) Suspéndase de pleno derecho y sin requerimiento: 1. Los procesos de ejecución de cualquier tipo de garantías de obligaciones financieras que impliquen la transferencia de control de las sociedades concursadas o sus subsidiarias. 2. La totalidad de las ejecuciones judiciales y extrajudiciales, incluidas las hipotecarias y prendarias de cualquiera”.
Fundamentos. “El proyecto en particular apunta a proteger a las empresas que frente a este escenario de crisis ven disminuidos sus ingresos y afrontan situaciones de vulnerabilidad patrimonial e incumplimiento de contratos. En este entendimiento, consideramos oportuno (en el marco de protección del empleo y de las empresas argentinas) declarar, hasta el 31 de diciembre de 2020, la emergencia de la situación de los sujetos comprendidos en los procesos de concursos preventivos y de declaración de quiebra en trámite”, explicó a PERFIL CORDOBA el diputado Carlos Selva, quien presentó la iniciativa.
Según remarcó Selva, la emergencia implicaría en la práctica la suspensión del cómputo de plazos procesales en todos los procesos regidos por la ley 24.522, Concursos y Quiebras, en lo dispuesto al denominado período de exclusividad previsto en el artículo 43 de dicha ley. También la suspensión de los procesos de ejecución de cualquier tipo de garantías de obligaciones financieras que, de cualquier modo, impliquen la transferencia de control de las sociedades concursadas o sus subsidiarias y de la totalidad de las ejecuciones judiciales y extrajudiciales.
Como en 2002. La suspensión planteada es similar a la realizada en el año 2002 por la ley 25.563, y la ventaja concreta de la suspensión de los plazos es evitar la quiebra de deudores que hayan entrado en estado de cesación de pagos a causa de la crisis económica generada por COVID-19 y también para evitar eventuales escenarios conspirativos que también pudieran llegar a surgir a raíz de esta. Respecto a los tiempos para del proyecto, se espera que sea incluido para su tratamiento en la próxima sesión de la Cámara de Diputados, que sería esta semana.