La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso de forma excepcional modificaciones en el calendario de vencimientos para la determinación y/o ingreso de las obligaciones tributarias cuyo vencimiento original operaba entre el 24 y el 25 de febrero.
Así, mediante la Resolución General N°5147/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont, establece que el próximo 23 de febrero será la nueva fecha de vencimiento para algunos impuestos y explica que es de forma "excepcional".
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"Razones de administración tributaria aconsejan establecer, con carácter de excepción, el 23 de febrero como fecha de vencimiento para el cumplimiento de la determinación o ingreso de ciertas obligaciones impositivas con vencimiento original fijado para 24 y 25 de febrero", indicó el organismo en la resolución.
Cuáles son los impuestos que se adelanta el pago
Tal como explica AFIP, el adelantamiento de las fechas alcanza al vencimieno de algunos impuestos, a saber: el IVA, aunque sólo para los CUIT terminados en 8 y 9, además de los impuestos PAIS; sobre los combustibles líquidos y dióxido de carbono; sobre créditos y débitos bancarios y a las entradas de espectáculos cinematográficos.
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Impuesto al Valor Agregado
En el caso específico del IVA, la medida comprende sólo a las Claves Unicas de Identificación Tributaria terminadas en 8 y 9.
- Para el régimen general, comprende la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante correspondientes al período fiscal enero de 2022.
- Para micro y pequeñas empresas (mipymes), el ingreso diferido del saldo resultante de la declaración jurada del período fiscal noviembre de 2021 y la presentación de la declaración jurada correspondiente al período fiscal enero de 2022.
- Para la actividad agropecuaria, la presentación de la declaración jurada del período fiscal enero de 2022 e ingreso anual del impuesto correspondiente a ejercicios con cierre en enero.
Impuesto PAIS
En cuanto al impuesto PAIS, el adelantamiento es para el ingreso de las percepciones practicadas entre el 16 y el 22 de febrero.
Impuesto a los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono
En el caso del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, se modificó la fecha para el régimen de anticipos.
Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios
Respecto al Impuesto sobre Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, la resolución modificó la fecha para el ingreso de las sumas percibidas y del importe correspondiente al impuesto propio devengado, correspondientes al período comprendido entre el 16 y el 22 de febrero.
Impuestos a las Entradas de Espectáculos Cinematográficos
En último lugar aparece el adelantamiento de la fecha del ingreso del Impuesto a las Entradas de Espectáculos Cinematográficos correspondiente a las localidades o boletos entregados entre el 16 y el 22 de febrero.
LR