ECONOMIA
Registro

Afip: las empresas ya pueden registrarse en el ATP para el beneficio del salario complementario

Todos los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de salarios de mayo tienen tiempo hasta el 21 de mayo para anotarse con clave fiscal en la web de AFIP.

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La titular de la AFIP, Mercedes Marcó Del Pont. | NA

La decisión ya era oficial pero finalmente habilitan la inscripción para dar comienzo al trámite. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó este jueves 14 el sistema de registro de las empresas al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), para acceder al beneficio del salario complementario correspondiente a este mes.

De acuerdo a lo que informó el organismo, los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de salarios de mayo en el marco de la emergencia sanitaria por coronavirus, tienen tiempo hasta el 21 de mayo para anotarse con clave fiscal en el sitio web de la AFIP.

Todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento el mes pasado.
“En muy poco tiempo se armó un andamiaje de políticas públicas desde la AFIP, que es un organismo acostumbrado a cobrar impuestos”, señaló la titular del organismo, Mercedes Marcó del Pont, quien remarcó que es un hecho “inédito”.

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Subrayó que “en el peor de los momentos de la crisis financiera de 2008 se pagaron 150.000 Repro (subsidios estatales) para sostener salarios (privados) y ahora vamos a pagar una parte del salario de más de 2 millones de trabajadores”.

Según datos de AFIP, el gobierno nacional desembolsó $27.000 millones durante mayo para financiar parte del pago de sueldos de más de 1,3 millones de trabajadores en relación de dependencia de empresas afectadas por la cuarentena que accedieron al beneficio contemplado en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).  

El programa plantea que la ANSeS transfiere a las cuentas de los trabajadores, en forma directa, un monto para cubrir el 50% del sueldo de bolsillo y establece ciertas consideraciones:

  • La asignación no podrá ser menor a un salario mínimo vital y móvil (16.875 pesos)
  • La asignación no podrá ser mayor a dos salarios mínimo vital y móvil (33.750 pesos).

“Ponemos en valor el Estado, que asigna enormes recursos para amortiguar el impacto de la crisis”, puntualizó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

El Gobierno extendió a mayo el alcance de los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), relativos al salario complementario, y también a las contribuciones patronales, que se harán efectivos en el mes de junio próximo.

Desde el ente recaudador indicaron que para el salario complementario de mayo se tomará como referencia el sueldo percibido por cada trabajador en marzo pasado.

LR/TL