En diciembre y todos hacen números para ver de cuánto será el ingreso con el que contarán en el último mes del año. El aguinaldo es el Sueldo Anual Complementario (SAC), que en general se reconoce bajo el nombre de aguinaldo. Se trata de la doceava parte (1/12) del total de las remuneraciones percibidas por el trabajador en el respectivo año calendario y, de acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo, se paga en dos cuotas, una en junio y otra en diciembre.
Todos los trabajadores deben recibir un Sueldo Anual Complementario (aguinaldo).
La Ley N° 23.041 establece que el sueldo anual complementario, debe calcularse sobre el cálculo del 50 % de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
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Una de las claves del funcionamiento del Sueldo Anual Complementario se relaciona con la fecha de pago. Respecto a los plazos en los que se debe entregar esta remuneración, la ley estipula dos momentos en el año:
- Durante el primer semestre el aguinaldo se debe pagar el 30 de junio. En su defecto, se realizará el pago la última jornada laboral del mes.
- En el segundo semestre esta remuneración debe entregarse en la última jornada laboral de diciembre.
Es importante decir que estas son fechas fijas de vencimiento. Por lo tanto, no se aplican las pautas del artículo 128 de la Ley de Contrato de Trabajo. En este punto se especifica que el pago de las remuneraciones de los trabajadores se efectuará una vez vencido el período que corresponda, dentro de los plazos máximos de cuatro días hábiles para la remuneración mensual o quincenal y tres días hábiles para la semanal.
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En el caso del Sueldo Anual Complementario no se aplican estos plazos, ya que este tiene establecida una fecha fija. Por lo tanto, hay un límite de días máximo para su pago.
De esta forma, todo SAC que no se haga efectivo en las fechas pertinentes incumple la legislación vigente.
Cálculo para saber cuánto cobrarás en el medio aguinaldo
Acá te compartimos un par de ejemplos del Ministerio de Trabajo para conocer cuánto se debe cobrar de aguinaldo.
Comenzá por aplicar la siguiente fórmula: (el salario / 12) x los meses trabajados.
- Ejemplo 1: un/a trabajador/a empezó a trabajar en marzo de 2021. Su salario es de $90.000. El medio aguinaldo que se abona en diciembre corresponde a (90.000/12) x 6. El valor del aguinaldo es 45.000.
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¿A quiénes les corresponde cobrar el aguinaldo?
Para acceder al cobro del aguinaldo no es necesario trabajar durante seis meses, porque si durante el semestre (de enero a junio) una persona no trabajó todos los meses, porque comenzó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato, igual deberá cobrar el proporcional a los meses trabajados.
Para quienes no hayan completado el año laboral en su puesto y vayan a cobrar el aguinaldo, hay una fórmula matemática que les permite calcular el monto que les corresponde: consiste en dividir el salario mensual por doce y multiplicar el resultado por la cantidad de meses trabajados.
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Los jubilados y el aguinaldo
El medio Sueldo Anual Complementario también le corresponde a los jubilados que cobran la mitad del mejor mes del semestre, en este caso de los salarios devengados entre julio y diciembre.
Vale recordar que en diciembre los jubilados y pensionados tendrán un aumento del 15,62 % en sus haberes previsionales, además de un bono de $10.000 para quienes cobran las jubilaciones mínimas, y decrecerá hasta $7000 para los que reciben las jubilaciones superiores. Este bono se pagará en diciembre, enero y febrero.
Además, en el último mes del año los jubilados y pensionados también cobrarán el aguinaldo. Y si bien aún no fue publicado el calendario de pagos de diciembre, se sabe que este medio sueldo anual se paga en la misma fecha que la de los haberes previsionales.
LR