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Bienes personales: cuáles son las nuevas escalas en 2023

Se determinaron las alicuotas según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) para la declaración jurada correspondiente al período 2022, cuyo vencimiento es en el próximo junio.

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AFiP prorroga el plazo para adherir al plan de pagos para Ganancias y Bs Personales. | Cedoc Perfil

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó las escalas y los mínimos no imponibles del Impuesto a los Bienes Personales para el período 2022. Cabe recordar que para esta declaración jurada, cuyo vencimiento es en junio de 2023, se determinaron las alícuotas según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

En este sentido, los inmuebles utilizados como vivienda estarán exentos del impuesto cuando su valor sea inferior a $56.410.705,41. De superar ese monto, para la determinación del impuesto se computará el valor por el que se exceda el mínimo.

Cuando la suma de todos los bienes gravados situados en el país sea inferior a $11.282.141,08 no se deberá abonar el impuesto, dado que hasta esta suma se considerarán exentos. En este monto se incluye el valor que haya correspondido computar por la casa habitación.

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El impuesto sobre los bienes personales se determina en función de los bienes que se poseen al 31 de diciembre de cada año tanto las personas humanas como las sucesiones indivisas.

Impuesto a los Bienes Personales: cuál es el mínimo no imponible para el período 2022

Cómo se pagará el excedente según cada escala

Impuesto sobre los bienes personales

Los contribuyentes de escala más baja pagarán un 0,5% sobre el excedente de $0.

En tanto, quienes tengan bienes cuyo valor total vaya de $12.222.319,51 a $33.846.423,25, tendrán que pagar un monto fijo de $77.564,72 más el 1% sobre el excedente de $12.222.319,51.

Con bienes de mayor valor, los contribuyentes irán saltando de escala, lo que los llevará a pagar mayor monto fijo y una tasa más alta cada vez.

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Bienes en el exterior

Impuesto sobre los bienes personales

Para los bienes que se encuentran en el exterior la fórmula es diferente. En ese caso, no hay montos fijos. Las escalas determinan una alícuota que se aplica sobre el valor total de los bienes.

Así, un contribuyente que tiene bienes en el exterior valuados en $10 millones (después de restar los $11.282.141 del mínimo no imponible), tendrá que pagar $120.000 en concepto de Bienes Personales.

 

RM / LR