ECONOMIA

Ganancias y Bienes Personales: AFIP vuelve a extender el plazo para adherir al plan de pago

Nuevo plazo para pagar con facilidades estos dos impuestos que vencían el 31 de diciembre.

Afip
AFiP prorroga el plazo para adherir al plan de pagos para Ganancias y Bs Personales. | Cedoc Perfil

 La AFIP extendió hasta el 31 de enero de 2023 el plazo para acceder al plan de facilidades de pago para regularizar los saldos pendientes de los impuestos a las Ganancias y de Bienes Personales.

A través de la Resolución General 5305/2022 publicada este martes 27 en el Boletín Oficial, el organismo prorrogó por un mes ese beneficio, que vencía el 31 de diciembre.

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Esta es la segunda vez que se prorroga la posibilidad de adhesión, ya que a principios de este diciembre la AFIP había decidido extenderlo hasta fin de este año.

Qué impuestos de pueden adherir al plan de facilidades de AFIP

Incluye:

  • los saldos resultantes de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales y
  • también los intereses resarcitorios o multas que resulten de la falta de presentación de esos documentos.

Los contribuyentes que adhieran al plan de pagos tendrán mejores condiciones con relación a la cantidad de cuotas y el porcentaje del pago a cuenta, además, no se considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (Siper) del deudor siempre que se trate de las categorías A, B, C o D, pero sí a quienes estén categorizados como "riesgo muy alto" (E).

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Se pueden regularizar las deudas hasta en tres cuotas con un pago a cuenta del 25% y una tasa de interés mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) de los plazos fijos en pesos en el Banco Nación a 180 días, más un 1% anual en caso de ser personas humanas o un 3% si se trata de personas jurídicas.

Si la cuotas son iguales o superiores a $100 millones, deberpan cancelarse mediante un Volante Electrónico de Pagos (VEP).

Para justificar la extensión del plazo, la AFIP resaltó que "es objetivo permanente promover y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes".

LR CP