La Asociación de Bancos de la Argentina (ABA) y la Asociación de Bancos Argentinos (Adeba) advirtieron que los proyectos de ley sobre los créditos UVA que están en el Congreso afectan a la seguridad jurídica.
Además, señalan que "solo conseguirían alivio económico como máximo para las cien mil familias" que ya accedieron a una vivienda con crédito hipotecario, pero perjudicaría a las tres millones con problemas habitacionales.
Las comisiones de Presupuesto y Hacienda y la de Finanzas se reunirán el miércoles 14 de junio para dictaminar un proyecto para los tomadores de créditos UVA, luego de un trabajo en conjunto con asesores de todos los bloques para generar un proyecto de consenso y entendimiento en el que se tomaron en cuenta todas las iniciativas presentadas.
En un documento conjunto, las entidades que agrupan a los bancos consideran que la mayoría de los proyectos de ley con estado parlamentario proponen el recálculo compulsivo de las cuotas y en forma retroactiva, la imposición de nuevas cargas/contribuciones sobre la operatoria incluso en forma retroactiva, fijación de tasas máximas, entre otros elementos que afectarán el acceso a la vivienda en el futuro.
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“Esto sería un alivio económico como máximo a las cien mil familias”, señala el documento y determina que “la gran mayoría de las personas que accedieron a estos créditos hipotecarios pertenecen al decil de ingresos más alto de la población e incluso varias ya han pre- cancelado el crédito, mientras que los tres millones de familias con problemas de vivienda pertenecen a estratos de menores niveles de ingreso y, por ende, son más vulnerables”.
Como ejemplo, se cita el proyecto 1664-D-2022, presentado por Julio Cobos junto a otros diputados radicales, que prevé una renegociación de contratos por única vez, tasa máxima del 5% (en forma retroactiva y a futuro), acceso a un fondo de estabilización, sin costo para el solicitante, suspensión de ejecuciones judiciales ya portes por créditos ya otorgados a cargo del Estado y de entidades financieras.
“Este tipo de propuestas, que se replican con variaciones en los otros proyectos, afectan la seguridad jurídica, imponen nuevos costos al Estado y a los usuarios del sistema financiero y reducen sustancialmente la posibilidad de contar a futuro con un mercado de crédito para la vivienda vigoroso”, consideran desde ABA.
“La condición necesaria para tener un mercado hipotecario robusto es contar con seguridad jurídica, certidumbre de que los contratos se van a cumplir, un contexto de estabilización de la macroeconomía, con una moneda estable”, proponen desde ABA y Adeba.
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Qué proponen los bancos
Para las entidades bancarias, los proyectos de ley deberían contemplar los siguientes puntos:
- Unidad de cuenta hipotecaria. Crear una unidad de cuenta que ajuste por inflación. Dado la experiencia y difusión, esa herramienta podría ser la actual UVA.
- Fondo Compensador privado. Crear un fondo compensador privado, entre variación de las UVA y los salarios (CVS), de manera de los tomadores de crédito tengan una especie de “seguro” que los protegerá en los periodos donde la inflación aumente sustancialmente por encima de los salarios. Hay estudios que determinan que con una contribución cercana al 1% del valor de las cuotas de un crédito hipotecario, se puede financiar dicho Fondo.
- Promover el proceso de venta de hipotecas (securitización). Aprobar un marco legal que otorgue seguridad jurídica y no grave con impuestos distorsivos a las trasferencias de hipotecas generadas por los bancos. De esta forma, los bancos podrían transferir sus carteras de hipotecas al mercado de capitales e inversores de largo plazo. También obtendrían más fondos para otorgar nuevos créditos.
- Simplificar las actuaciones notariales. Crear mecanismos que simplifiquen y hagan más económicos los procesos de registración de hipotecas y procesos notariales.
- Promover la seguridad jurídica de las operaciones de crédito hipotecarios y derecho de propiedad. Generar el marco legal que le dé transparencia y estabilidad jurídica a las transacciones de crédito hipotecarios, así como a los procesos de ejecución en caso de no pago.
LM CP