ECONOMIA
Paso a paso

Monotributo: hasta cuándo hay tiempo para recategorizarse

Los monotributistas que vieron afectada su facturación en los últimos 6 meses, o tuvieron cambios en otros parámetros tienen tiempo hasta este lunes 20 para cambiar de categoría. Instructivo para recategorizarse.

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Operaciones OnLine del pago de impuestos | Cedoc Perfil

El plazo para la recategorización semestral del monotributo vence este lunes, y quienes tuvieron cambios en su facturación o en alguno de los parámetros, deberán realizar el trámite respectivo.

Si bien la recategorización es semestral, el cálculo debe efectuarse tomando los datos de los doce últimos meses: del 1 de julio de 2019 al 30 de junio de 2020.

Si en ese período el monotributista registró cambios en el desarrollo de su actividad -como aumento o disminución de ingresos, de gastos de electricidad o alquiler- debe efectuar la recategorización.

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Sin embargo, en el caso de que no hubiera registrado cambios, se deberá permanecer en la misma categoría.

De acuerdo a lo dispuesto por la AFIP, el importe correspondiente a la nueva categoría se deberá ingresar a partir del mes siguiente al de la recategorización: en este caso, agosto.

El organismo recordó también la importancia de la recategorización para no tener que enfrentar otros problemas como cargos adicionales, puesto que quien no cumple con la recategorización será multado.

Tiempo límite para recategorizarse en el monotributo: lo que tenés que saber

Según lo dispuesto "serán sancionados con una multa del 50% del impuesto integrado y el componente previsional que les hubiera correspondido abonar, los monotributistas que -como consecuencia de la falta de presentación de la declaración jurada de recategorización- omitieren el pago del tributo que les hubiere correspondido.

Desde el organismo aclaran que "Se establece también igual sanción para los casos en que la declaración jurada categorizadora o recategorizadora presentadas sean inexactas".

Además, el ente recaudador recuerda que "procederá a recategorizar de oficio, liquidando la deuda resultante".

"En el caso que el pequeño contribuyente acepte esa decisión de oficio, dentro del plazo de 15 días de su notificación, la sanción aplicada quedará reducida de pleno derecho a la mitad", informaron.

Por otra parte aclararon que "si el pequeño contribuyente se recategorizara antes que la AFIP procediera a notificar la deuda, quedará eximido de la sanción prevista".

Realizar el trámite de cambio de categoría puede llevar unos 15 minutos. A continuación sumamos el paso a paso de la AFIP para tener a mano:

  1. Entrar al sitio de AFIP e ingresar número de CUIT/CUIL/CDI y clave fiscal.
  2. Ingresar a la opción recategorización presionando sobre el botón Recategorizarme.
  3. El sistema va a mostrar la categoría actual y los topes de cada parámetro de esa categoría. Sugerimos revisar las categorías vigentes antes de seguir con el trámite para estar seguro de cuál es la categoría nueva que corresponde. Para eso, hacer clic en el botón Escalas vigentes. Para proceder a recategorizarse, presionar el botón Continuar recategorización.
  4. Informar el monto facturado en los últimos 12 meses.
  5. Donde el sistema pregunta si tiene o usa un local, seleccionar la opción que corresponda. Si es No, hacer clic en Continuar.
  6. Ingresar los datos correspondientes a la actividad que pide el sistema, para determinar la nueva categoría.
  7. El sistema mostrará la categoría que corresponde según los datos aportados. Verificar bien antes de aceptar la transacción.
  8. Si los datos no son correctos, presionar en el botón Volver para arreglar los errores. Si los datos están bien, hacer clic en Confirmar categoría.
  9. El sistema va a informar que la transacción se hizo correctamente y se podrá imprimir la nueva credencial.

LR / NA