ECONOMIA
Planes caducos

AFIP: Los planes de pago vencidos en abril podrán pagarse desde julio y en cuotas

La AFIP busca regularizar los planes de deuda que se cayeron por falta de pago al 30 de abril. Podrán reformularse en 6 nuevas cuotas y la adhesión es a partir del 21 de mayo.

16-12-18impuestos
Impuestos | Cedoc

La AFIP implementó este viernes 15 de mayo un régimen de facilidades de pago para permitir la regularización de los planes de pago caducos de obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social, que hayan vencido hasta el 30 de abril de 2020, inclusive.

Por medio de la Resolución General 4718/2020, publicada este viernes en el Boletín Oficial, el organismo estableció los requisitos, plazos y demás formalidades que deberán observarse para solicitar la adhesión al régimen. De acuerdo a lo dispuesto, los interesados "podrán adherirse hasta el 30 de junio de 2020 inclusive, y la cancelación mediante el plan de facilidades, no implica reducción de intereses ni la liberación de las sanciones correspondientes", dice el organismo.

El plan de facilidades de pago reunirá las siguientes características:

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  • La cantidad máxima de cuotas a otorgar será de seis.
  • Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto para la primera de ellas, a la que se le adicionarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento, y se calcularán aplicando las fórmulas que se consignan en el micrositio denominado "Mis Facilidades" (www.afip.gob.ar/misfacilidades).
  • El importe de cada una de las cuotas será igual o superior a mil pesos.
  • La tasa de financiación se calculará tomando de base la Tasa Efectiva Mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) canal electrónico, de las normas sobre "Depósitos e inversiones a plazo" (BCRA) para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco Nación a 180 días, vigente para el 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un 3% nominal anual.
  • La fecha de consolidación de la deuda será la correspondiente al día de presentación del plan.

La primera cuota vencerá el 16 de julio de 2020 y las cuotas subsiguientes vencerán el 16 de cada mes, las que se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria, según informó al organismo tributario a la agencia Noticias Argentinas.

Asimismo, los sujetos que adhieran al régimen podrán solicitar por única vez, la cancelación anticipada total de la deuda comprendida en el plan de facilidades de pago, a partir del mes en que se produzca el vencimiento de la segunda cuota.

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La AFIP explicó también que "la caducidad de los planes de facilidades de pago operará de pleno derecho y sin necesidad de que medie intervención alguna por parte de ese organismo, cuando se produzca la falta de cancelación de dos cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas, o la falta de ingreso de la cuota no cancelada a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan".

Por último, el ente recaudador aclaró que el sistema informático "Mis Facilidades", para la adhesión al régimen de facilidades de pago, se encontrará disponible a partir del 21 de mayo.

LR / FF