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Exploración offshore

Las malas artes de YPF, a la Justicia

Varias ONG presentaron ante la Justicia el “manual” de la empresa YPF para manipular la opinión pública e instalar una falsa “licencia social” a favor de la exploración petrolera offshore.

16-4-2023-Logo Perfil
. | CEDOC PERFIL

El manual fue presentado a la Justicia Federal en el marco del amparo ambiental impulsado por varias organizaciones. Cuestionan que una empresa pública se proponga confundir el debate y “ridiculizar” a quienes cuestionan. El juez a cargo de la causa pidió a YPF precisiones sobre ese “manual”.

“Estrategias de manipulación y ocultación de información”, “hechos de extrema gravedad”, “una profunda, voraz y desprejuiciada campaña de manipulación de la información pública”. Así califican los abogados Rafael Colombo, Enrique Viale y Gonzalo Vergez el ya casi célebre manual de YPF sobre “Exploración offshore con licencia social”, elaborado por la consultora de Sergio Melzner, quien fue contratado por la empresa petrolera. El manual, destinado a una capacitación interna de YPF, se conoció porque una persona que participaba de la capacitación se asombró ante lo que estaba presenciando y lo filtró a XR, organización que nuclea a personas que desde la ciencia decidieron actuar contra el cambio climático.

El manual comienza reconociendo que el plan offshore carece de licencia social. Y presenta un plan de comunicación que apunta a tres ejes: debilitar el rechazo, construir aprobación y redirigir el reclamo. Todo ello con malas artes –como lo definimos en nota anterior– descriptas en el manual con impronta maquiavélica: no importan los medios (que incluyen acusaciones insólitas de “terrorismo ambiental” o la instalación de un falso discurso nacionalista) si el fin está justificado.

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Ahora ese manual forma parte de la causa iniciada por nueve organizaciones ambientales que impulsaron un amparo ambiental contra YPF en la Justicia Federal marplatense. La causa lleva el número FMP 000105/2022, y está caratulada: “Greenpeace Argentina y otros contra el Estado nacional de la República Argentina y otros s/amparo ambiental”. Actualmente se encuentra en la Cámara Federal de Apelaciones, Secretaría Civil, de la ciudad de Mar del Plata. Los abogados Colombo, Viale y Vergez entendieron que el manual –como síntesis de la decisión institucional de YPF de intervenir de manera maliciosa en la discusión pública– constituye un hecho “de extrema gravedad” y debía ser incluido en la causa dada su “gravedad institucional”.

Advierten además, que se convierte en algo que, al “de-sinformar (o mal informar) y ridiculizar los reclamos” pone en peligro a quienes actúan como “defensores ambientales, y la ciudadanía en general, al generar maniobras que los dejan en situación de vulnerabilidad”. Y señalan que esas acciones de manipulación chocan con numerosas cláusulas legales, entre ellas el derecho a la información ambiental consagrado en la Constitución, la Ley de Acceso a la Información Pública Ambiental, la Ley General del Ambiente 25.675 y el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales para América Latina y el Caribe, conocido como Acuerdo de Escazú y ratificado por la Ley 27.566.

PERFIL dialogó con Rafael Colombo, uno de los letrados que auspician la presentación judicial. 

—Ustedes presentaron el “manual” de YPF en el marco del amparo ambiental contra la empresa, entendiendo que implica un “hecho de extrema gravedad”. ¿Por qué lo califican de ese modo?

—La gravedad institucional se configura a partir de la filtración de un documento de YPF donde se requieren los servicios de una consultora especializada en comunicación para montar una campaña orientada a manipular maliciosamente la opinión pública y demonizar organizaciones socio-ambientales, en el contexto de la ejecución de proyectos extractivos que pretenden expandir la frontera hidrocarburífera sobre el mar. Estamos hablando de una empresa emblemática para el país, recuperada por el Estado nacional hace poco más de diez años, es decir que una empresa pública se comporta al margen de la ley, exponiendo una ausencia total de transparencia en los procesos de toma de decisiones sobre asuntos de interés público ligados a la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de hidrocarburos en nuestro país, utilizando fondos públicos para contratar los servicios de una consultora privada, con el deliberado propósito de favorecer los intereses no solo de YPF sino también de las corporaciones petroleras extranjeras a quienes se les ha entregado el mar Argentino para transformarlo en un territorio de sacrificio al servicio de la transición energética del norte global. 

—¿En qué estado se encuentra el amparo y en qué medida puede incidir en ella el “manual” destinado a manipular la opinión pública?

—La causa está hoy en dos frentes jurisdiccionales. Con respecto a la medida cautelar que plantea la suspensión de la exploración sísmica del proyecto impulsado por Equinor en asociación con YPF y Shell, existen dos recursos pendientes de resolución, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde exigimos el mantenimiento de la cautelar, que ya nos fue otorgada favorablemente en tres ocasiones, tanto en primera como en segunda instancia. Ante la presentación que hicimos respecto de la filtración del documento, el juez Santiago Martin requirió a YPF que indique con claridad si fue elaborado por la empresa, si se encuentra anexado a algún expediente administrativo o lo que estime pertinente”. El juez funda su resolución en la legislación sobre acceso a la información pública ambiental que referimos en el escrito y advierte también sobre la posible vulneración del artículo 9 del Acuerdo de Escazú, por encontrarse comprometidos los derechos humanos de defensores/as ambientales, afirmando que debe tenerse presente el escrito que presentamos donde expusimos la filtración “para el momento del dictado de la sentencia definitiva”.

*Licenciado en Filosofía y periodista. Integra la cooperativa periodística y cultural El Miércoles, de Entre Ríos.