“El fideicomiso se ha convertido en una herramienta clave, es el marco jurídico del negocio inmobiliario; es decir, es el contrato en el que se definen el conjunto de derechos y obligaciones de los fiduciantes (inversores), el fiduciario (administrador) y demás participantes del proyecto”,comenta el Dr. Sergio Bonzo.
Sergio, abogado y escribano, es un especialista en desarrollo inmobiliario y barrios privados. Es integrante del estudio jurídico binacional de Argentina-Uruguay. Recibido a los 21 años estudio la carrera de su padre y abuelo que también eran abogados. Actualmente también ejerce la docencia en la Universidad de Buenos Aires y es Director Institucional del Centro Deportivo Canning Filial Banfield, siendo este Centro un desarrollo inmobiliario deportivo.
El fiduciario es quien administra el fideicomiso con el objetivo de construir un emprendimiento y entregarlo a los compradores. “Uno de los principales atractivos de los fideicomisos es que conserva ventajas en la seguridad jurídica frente a quienes ejercen el desarrollo mediante una sociedad comercial. El administrador fiduciario que no cumple correctamente con sus obligaciones se lo puede remover mediante una asamblea de beneficiarios”, asegura.
“Sin embargo, hay quienes critican la herramienta y piensan que una sociedad anónima otorga mejores garantías al inversor, pero cualquier problemática que tenga dicha sociedad afectará al proyecto aun cuando no corresponda a obligaciones del mismo”.
“Nuestro estudio jurídico ha instrumentado diversos fideicomisos en la zona de Canning, Pcia. de Bs. As., como es el caso de los condominios Amaneceres de Canning, Amaneceres Residence, las oficinas de Amaneceres Office entre otros, finalizándose todos esos proyectos”, comenta Bonzo.
“Posteriormente y una vez que el desarrollador se debe retirar del emprendimiento por haber vendido la mayoría de las unidades comienza otra problemática. El traspaso de la administración que ejercía el desarrollador mediante la sociedad fiduciaria, a los propietarios que tienen un interés distinto al de la empresa desarrollista”.
“Muchas veces este traspaso produce conflictos en la urbanización privada, en especial cuando la empresa desarrolladora no hancumplido obligaciones o no están del todo claras sus obligaciones frente a los adquirentes propietarios, por ende se requiere de un asesoramiento idóneo”, afirma el profesional.
El Estudio Binacional (www.estudiobinacional.com) cuenta con profesionales en derecho y ciencias económicas, entre ellos la Dra. Lorena Romano, Contadora Publica Silvina Car, Alberto Forti. Los servicios más requeridos por las urbanizaciones privadas son: la adecuación a la nueva normativa del Código Civil y Comercial de la Nación y la Gestión de Cobranza de expensas y servicios.
También se le suman las acciones legales ordinarias y extraordinarias,la impugnación de Asambleas y disposiciones del directorio y los reglamentos internos de convivencia y construcción.
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