El Consejo de la Magistratura avanza con un nuevo proyecto para modificar el sistema de selección de jueces, con el objetivo de reducir la discrecionalidad y fortalecer los criterios objetivos en los concursos. La iniciativa introduce cambios en las tres etapas del proceso -examen, antecedentes y entrevista- e incorpora, entre otros puntos, un puntaje específico para esta última instancia. En Modo Fontevecchia, por Net TV y Radio Perfil (AM 1190), la abogada Jimena de la Torre señaló que es "necesario seleccionar a los mejores con criterios objetivos” y “no puede pasar que el número 25 termine primero”, donde también definieron la propuesta como “mucho mejor de lo que tenemos ahora” y “una bocanada de aire fresco”. "El juez debe ser imparcial, aun de sus propias ideologías, y debe despojarse aun de sus propias ideologías", agregó.
Jimena de la Torre es abogada egresada de la Universidad de Buenos Aires. Especialista en derecho tributario, finanzas públicas, fiscalidad internacional y prevención de lavado de activos. Integra el Consejo de la Magistratura de la Nación. Es miembro fundadora de Abogados en Acción y de Bases Republicanas.
¿Qué impresión le dejó al Consejo y a usted misma la visita sorpresa de Rosatti ayer?
La verdad que yo personalmente lo recibí con sorpresa, pero con alegría. Nosotros tenemos hace muchos años que venimos sosteniendo que el proceso de selección de magistrados requiere cambios, requiere modificaciones, requiere más transparencia, más objetividad, sacarnos discrecionalidad. Nos tenemos que autolimitar, los consejeros nos tenemos que autolimitar. Y esto, a pesar de los seis proyectos que hoy siguen vigentes que tengo presentados, de esos 14 proyectos de los que se habla en el Consejo de la Magistratura, hay varios que son míos, no hemos logrado adentro del Consejo lograr los consensos para esa transformación.
Y por eso, para mí, la acordada de la Corte fue una bocanada de aire fresco, un empuje, un sentir que no estoy sola, que no estamos solos los que decimos hace mucho tiempo que esto hay que modificarlo. Y creo que tiene que aprobarse lo más rápido posible. Es un reglamento de selección de magistrados, es un concurso que todavía sigue siendo perfectible. Yo no digo que sea perfecto, y siempre hay que mirar a las normas, a las regulaciones, con esa perspectiva de reforma continua. Pero sí creo que hay que aprobarlo lo antes posible. Es mucho mejor de lo que tenemos ahora.
Necesitamos realmente seleccionar a los mejores con criterios objetivos, con parámetros, haciendo uso de la tecnología, realmente garantizando que cuando tengamos que llegar a ese consenso de los 20 miembros para finalmente decidir sobre las ternas, lo hagamos con la menor discrecionalidad posible. El diseño constitucional nuestro estableció un órgano de 20 miembros para seleccionar, a través del concurso público, a los magistrados. Entonces le dio un doble carácter técnico, por un lado, para llevar adelante un concurso, pero en algún punto también con una representación de distintos estamentos de tipo también político. Entonces, lo que no puede pasar es la anomalía actual, donde es en un 90% discrecional, haciendo de cuenta que llevamos adelante un concurso que finalmente, desde el principio, ya se sabe por ahí quiénes van a llegar a las ternas.
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¿Podría usted sintetizarle a la audiencia que no es experta en el tema cuáles son las principales diferencias de cómo se seleccionaban los jueces hasta ahora y cuáles serían los cambios? Por ejemplo, uno de ellos es que había discrecionalidad para que quien salía tercero en una terna terminara primero.
Y eso en realidad todavía va a seguir. El tema acá es: nosotros tenemos tres grandes etapas en el concurso. En un momento, un examen donde básicamente el postulante tiene que resolver una sentencia; luego se evalúa el currículum de esa persona, los antecedentes, y se le da un puntaje a cada uno de los distintos logros, laborales, académicos, etcétera. Y finalmente termina con una entrevista personal que llevamos adelante los consejeros.
La entrevista personal es el momento, por ahí, si se quiere, más discrecional, porque directamente no tiene puntaje. Entonces, para cubrir una vacante en un juzgado, cuando la norma te dice que al menos hay que convocar a tres, porque es verdad que a veces vos tenés muchos postulantes que concursan en muchos concursos; entonces los tenés repetidos en otros concursos, y a veces por ahí terminan siendo designados en otro juzgado, y por ahí te quedás corto si entrevistás solamente a tres; pero te dice que al menos tenés que convocar a tres y tenés que tener en cuenta en qué otros lugares está concursando.
Sin embargo, lo que no puede ser regla es que convoquemos a 25 para cubrir una vacante, y que después el número 25 termine en la terna. Entonces, esto que hace Rosenkrantz, que es un proyecto que además ya lo venían sosteniendo consejeros antes que yo; yo presenté un proyecto parecido en esos términos, hay otros consejeros que también lo venimos diciendo: hay que ponerle puntaje a la entrevista y hay que autolimitarnos en nuestra posibilidad de, si se quiere, premiar a alguno porque en la entrevista funcionó muy bien, pero con ciertos márgenes. Acá le da un 10% de la nota total a la entrevista.
Una vez hecho eso, no nos olvidemos que hay 20 integrantes, con lo cual todavía hay una instancia de voto. Y dentro de ese margen de los que quedan en carrera, puede ser que por ahí el segundo pase a primero; lo que no puede pasar es que el 25 pase a primero. Esa es la anomalía. Después, el examen, la primera etapa, también hoy no está garantizado el anonimato, no está garantizado el verdadero secreto de esos exámenes, que realmente los postulantes no conozcan los casos de antemano.
Tenemos además falencias al momento de corregir esos exámenes, con correcciones sin fundamentaciones, con criterios de corrección muy laxos. Entonces, este proyecto también pone en primer lugar el foco en el examen, al generar tres etapas de examen en una: un multiple choice, una posibilidad de preguntas de respuesta múltiple de un banco de preguntas de arriba de 2.000 preguntas, dos preguntas además de contenido más conceptual, y ya después la etapa del caso concreto.
Y luego, en lo que es los antecedentes, pone un poco de orden y permite, de alguna manera, al abogado que viene de la profesión mejores condiciones al momento de concursar, pero además le resta bastante juego discrecional al consejero al momento de puntuar los antecedentes. Con lo cual, la verdad que es un proyecto que lo que busca es el mérito como norte, a través de parámetros objetivos, criterios, herramientas que faciliten la transparencia. Creo que lo tenemos que aprobar lo antes posible. Creo que lo tenemos que aprobar en su totalidad, sin cambios.
Yo, de vuelta, repito, tengo seis proyectos, pero yo estoy para aprobar este proyecto puntual sin cambios. Después podemos hablar de mejoras, porque todo es perfectible y todo se puede mejorar. Pero primero tendríamos que aprobar esto, porque esto es un salto de calidad enorme respecto de lo que tenemos ahora. Y eso es una deuda que nos debemos con toda la ciudadanía, porque si nosotros no tenemos jueces buenos, no hay seguridad jurídica que se pueda garantizar, y sin seguridad jurídica no hay economía. No hay economía porque sin confianza no hay empresas que se sostengan, no hay inversiones que vengan. Por eso es importante, porque por ahí a la gente le parece que estamos hablando de algo tan lejano, pero afecta directamente en el bolsillo de la gente.
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Jimena, quiero hacerle una pregunta que tiene componentes de género, componentes políticos, componentes jurídicos. Hay una frase popular que se refiere a la familia judicial. Ahora, sería injusto considerar que el nepotismo es solamente una situación de la justicia, porque vemos, por ejemplo, cómo la enorme cantidad de familiares de los intendentes son a la vez legisladores, jueces. En el caso, por ejemplo, de las mujeres de los intendentes, se repite de manera continuada en el conurbano, y los casos de nepotismo en muchas provincias, y ni que hablar en el gobierno nacional también.
Y entonces aparece la discusión respecto, por ejemplo, de los pliegos del hijo de Rossati, de la mujer de uno de los jueces de Comodoro Py, que al mismo tiempo tiene que juzgar al entorno presidencial más cercano. Entonces, me gustaría su propia reflexión respecto de cuán injusta es esta calificación de familia judicial, cómo se ve en la justicia esto como un problema, cuándo en algunos casos hasta puede ser absolutamente lógico y justificable, y cuánto se da en mayor, igual o menor medida que en el resto de la sociedad y no se lo ve de la misma forma.
Creo que este reglamento, de alguna manera, viene a contribuir y a mitigar el riesgo de tildar que cuando alguien llega, llega porque es pariente y no por mérito propio. Y creo que este reglamento debería venir atado con un concurso muy estricto para el acceso a la carrera judicial también. ¿Por qué lo digo? Porque el nepotismo arranca desde el inicio. “Che, tengo a mi hijo que está estudiando abogacía, ¿no te lo llevás a tu juzgado?” Y así arranca. Y la realidad es que después van haciendo una trayectoria, van haciendo un camino; algunos por el mero transcurso del tiempo y otros trabajando con muchísimo compromiso. Y uno tiene que lograr despejar la paja del trigo.
Entonces, en primer lugar, creo que el acceso a la justicia federal debería ser por concurso desde el inicio. Y después, una vez adentro de la carrera, lo que necesitás es un proceso robusto, un proceso que realmente nos deje tranquilos de que si llega el hijo de o la mujer de, llegue por mérito propio. Porque yo tampoco quiero vedarle el acceso a alguien que tal vez es muy capaz, que desarrolló una carrera y tiene sus méritos propios.
Lo que pasa muchas veces cuando uno trabaja (yo fui número dos de AFIP y lo veía mucho en la AFIP) es que hay gente que hace 30 años, por ahí 20 años, que trabajan en el mismo organismo y, por supuesto, se terminan conociendo con su novia, después se casan y después tienen familia, y pasa mucho, cuando uno pasa muchas horas en el ámbito laboral. O sea que a mí no me gustaría tildar a una mujer de que porque es la mujer de un juez no puede acceder. Pero sí creo que, si uno tiene un proceso robusto donde estamos tranquilos todos de que esa mujer concursó, que fue un examen brillante, que los antecedentes eran los adecuados, que en la entrevista no se “manijeó” ni se “rosqueó”, entonces bienvenida sea que llegue. Eso creo que es un poco el porqué es tan importante este concurso, este cambio y este nuevo reglamento que nos propone la Corte.
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Quiero preguntarle respecto de otra discusión que hay acerca de cierta forma de cultura particular dentro de la justicia en determinados fueros, y tiene que ver con el fuero laboral nacional, que ahora va a pasar a ser fuero laboral, como en todas las provincias, de la ciudad de Buenos Aires, y cierta influencia de determinados abogados en determinados fueros en el nombramiento de los jueces. Entonces, me gustaría especialmente su opinión sobre el fuero laboral de la ciudad de Buenos Aires, todavía llamado justicia laboral nacional.
El por qué es tan importante, de vuelta, este proceso. Vemos que hay un juez laboral que, como se vio afectado por una transferencia de competencias que contiene la ley de modernización laboral, que tanto esfuerzo costó al gobierno lograr aprobarla, pretende voltearla con una cautelar porque simplemente esa persona no quiere pasar a ser parte de la ciudad de Buenos Aires. Una situación que hace 30 años debió haber sucedido, con la reforma constitucional del año 94, donde se le dio plena autonomía a la ciudad de Buenos Aires, se la equipara a una provincia. Todas las provincias tienen a la justicia laboral como fuero ordinario. Eso además garantiza que se diriman en última instancia los conflictos laborales en las cortes provinciales.
Esto arranca también como una consecuencia del fallo “Levinas”, en donde la Corte dijo: “El tribunal de alzada de la justicia nacional es el superior tribunal de la ciudad y no nosotros”. Y esto que vemos, que porque se sintió afectado volteó una norma entera interfiriendo en otro poder del Estado, que es el legislativo, tiene que ver con cómo seleccionamos y qué tan independientes son estos jueces.
La realidad es que yo lo que espero es que el nuevo fuero laboral de la ciudad de Buenos Aires sea un fuero que comprenda el cambio que existe a nivel mundial en materia laboral. Los nuevos desafíos y las nuevas formas de contratación hacen que este cambio sea inevitable, y tenemos que dotar a la Argentina de una competitividad que hoy no tiene. Entonces, frenar ese cambio por cuestiones ideológicas realmente es lo que se debe evitar. El juez debe ser imparcial, aun de sus propias ideologías, y debe despojarse aun de sus propias ideologías. Tiene facultades difusas de dictar la inconstitucionalidad de una ley, sí, pero debe fundarlo. Y es la última ratio, es el último recurso, porque tiene obligación de interpretar las normas como un todo armónico y de manera tal que puedan convivir y entenderse como constitucionales. No puede dejar de aplicar una norma porque no le gusta.
RM/ff