OPINIóN
Usurpación de tierras

Escandalosa ineptitud de una ministra

Tomas de tierras en el conurbano 20200904
Tomas de tierras en el conurbano | Captura de video

La Constitución Nacional consagra el derecho a la igualdad en general, y específicamente lo asegura para el acceso a los empleos. En este caso puntual dispone que la única diferencia que es posible efectuar entre los postulantes a un empleo, debe tener como parámetro la idoneidad.

A partir de ese precepto, podría decirse que la idoneidad es una condición para acceder a cualquier cargo, sea público o privado. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el caso Bussi, ha dicho que la idoneidad no está entre los requisitos formales para ser gobernante, pero que constituye una condición básica que si bien no puede ser considerada por los jueces al momento de aprobar una candidatura, sí debe ser evaluada por el pueblo a la hora de votar.

En este caso estamos ante un problema, porque cuando el pueblo es mayoritariamente inculto desde un punto de vista cívico, como ocurre con el nuestro, no está en muy buenas condiciones para evaluar la idoneidad de los candidatos.

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En el caso de los ministros, el pueblo ni siquiera tiene la posibilidad de evaluar su idoneidad porque no son elegidos mediante el sufragio. Los designa el presidente de la Nación, y también es él quien puede removerlos, o bien el Congreso mediante juicio político. Digamos que se confía en que el Primer Mandatario elija a los colaboradores mejor preparados para asesorarlos.

En el caso de la ministra de Seguridad, eligió a una antropóloga cuya ineptitud es manifiesta, no solo para manejar el problema de la seguridad en la Argentina, sino además para evaluar las consencuencias que sus declaraciones tienen a la hora de justificar la usurpación de tierras en todo el país.

Una ministra de seguridad no puede afirmar que las usurpaciones no constituyen un problema de seguridad, cuando de propagarse, lo primero que ponen en jaque es a la seguridad jurídica, que se caracteriza por un estado de situación en virtud del cual los habitantes tienen la certeza de que pueden ejercer sus derechos (en este caso el de propiedad) y libertades sin interferencias, o con la posibilidad de acudir a un órgano imparcial e independiente que pueda repararlas en caso de violación arbitraria de las mismas.

Tampoco puede esbozar una ministra de seguridad que las usurpaciones se justifican por el “déficit habitacional”, porque de lo contrario también se justificaría el robo a partir de la falta de trabajo y la crisis económica.

Como si fuera poco la ministra antropóloga compara la situación de los usurpadores con la de los inquilinos que ocupan inmuebles por medio de vías legales como lo son contratos de locación. Afirmó descaradamente que por el momento en la Argentina están prohibidos los desalojos, y por ende a los usurpadores no se los puede expulsar de las tierras que impunemente han tomado.

Todo esto no hace más que poner de relieve, no solo la inoperancia institucional y operativa de la ministra Frederich, sino además su nefasta ideología populista cuya esencia pasa por utilizar a los usurpadores supuestamente “pobres”, para ponerse de su lado y enfrentarse claramente al orden social establecido por nuestra Constitución Nacional, que lejos de alentar vulneraciones a la propiedad privada, la protege estableciendo que es inviolable y que solo es posible que un sujeto sea privado de ella mediante una sentencia judicial o a través de un proceso de expropiación.

Pues una ministra del Poder Ejecutivo Nacional que tan escandalosamente revela un supino desconocimiento de nuestra Ley Suprema, no puede permanecer un minuto más en su cargo, lo cual es responsabilidad directa del presidente de la Nación, quien, o la destituye dejando en claro que no es esa su política; o la avala convirtiéndose en cómplice de su inoperancia.

 

*Profesor Derecho Consitucional UBA.