OPINIóN
Economía

Aumentos en Ganancias y Bienes Personales para las empresas y las personas

La sábana fiscal de la Argentina es corta, por ese motivo cuando se otorga algún beneficio impositivo a favor de un sector, pronto debe definirse de dónde saldrá la plata.

Calculadora
Cuentas | Michal Jarmoluk / Pixabay

La sábana fiscal de la Argentina es corta, por ese motivo cuando se otorga algún beneficio impositivo a favor de un sector, pronto debe definirse de dónde saldrá la plata. La última mejora en el Impuesto a las Ganancias para los trabajadores originó el aumento del peso impositivo para las empresas. Por el lado de Bienes Personales, se superó el récord Guinness de modificaciones, ya que en cinco años se modificó en otras cinco oportunidades.


Para las empresas, recientemente salió una ley que reemplaza la alícuota del impuesto, pasando de ser proporcional a progresiva en función de la ganancia neta imponible acumulada del ejercicio; resultando que a mayor utilidad, mayor gravamen. Esto provoca un desaliento a la inversión, porque antes de decidir sobre habilitar una nueva actividad o de incrementar la producción, previamente hay que hacer cálculos para ver si por ese motivo resulta pagar un impuesto que supere a las nuevas utilidades que pueden obtenerse.

Ganancias y Bienes Personales: Afip definió la postergación del pago para personas humanas

Esto no les gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite

Se produce un desaliento al crecimiento, de la misma forma que se genera un límite al mayor esfuerzo de los trabajadores, ya que al progresar pueden superar la barrera de los 150 mil pesos  y a partir de ahí comienzan a sufrir retenciones de Ganancias. Por el otro, las personas humanas (tal como están definidas en el nuevo texto del Código Civil y Comercial unificado), también estarán afectadas por un proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo, que pronto se tratará en la Cámara de Diputados, que propone desgravar algunos rendimientos financieros en pesos con cláusulas de ajuste, que aún quedaron vigentes, a cambio de modificar el tratamiento de esos activos en el Impuesto sobre los Bienes Personales.

La condición para que los plazos fijos y otras formas de depósitos permanezcan exentos en el impuesto patrimonial es que se mantengan depositados por lo menos por 274 días dentro del año calendario, o de no cumplirse ese plazo, la otra opción sería que se encuentren en el banco desde el 1 de diciembre hasta el 31 de mayo del año siguiente. Todo esto demuestra que Argentina vive en un estado de reforma tributaria permanente,  con impuestos que se modifican todos los años.

Ganancias y Bienes personales: 10 preguntas y sus respuestas para los próximos vencimientos

Qué se propone para Ganancias

En este impuesto se quiere evitar que las inversiones en pesos, que hacen las personas humanas, no discriminen según el instrumento financiero que se utilice, proponiendo desgravar los rendimientos que dan los depósitos en pesos con cláusulas de ajuste que actualmente quedan alcanzados por renta financiera. Los cambios se resumen en eximir:

  1. Los intereses obtenidos por depósitos en pesos, con cláusulas de ajuste, realizados en instituciones financieras;
  2. Los rendimientos e intereses producidos por colocaciones de capital de instrumentos en moneda nacional que emita el gobierno destinados a fomentar la inversión productiva. Hasta ahora, estos “supuestos” beneficios tienen que pagar impuesto a pesar, incluso, que la tasa de utilidad se encuentre por debajo de la inflación anual.

Argentina y la política fiscal: cuáles son los impuestos tan temidos

Cuáles serían los cambios en Bienes Personales

Este impuesto aporta muy poco a la recaudación impositiva. La evolución del porcentaje de la contribución, en los últimos cinco años, fue la siguiente: Año 2015: 1,78%; año 2016: 1,39%; año 2017: 1,28%; año 2018: 0,63% y año 2019: 0,95%.Esta vez se propone gravar en el Impuesto sobre los Bienes Personales, a partir del 2021 (con pago el año que viene), determinadas inversiones que se encuentran exentas y que lo estuvieron a lo largo de toda la existencia del tributo. Esas inversiones para que no queden gravadas, tendrían que permanecer en el patrimonio de la persona, por lo menos durante 274 días del año calendario (75% del tiempo), en forma continua o discontinua, o mantenerse desde el 1 de diciembre hasta fines del mes de mayo del año siguiente. Si eso no ocurre, de aprobarse el proyecto, estarán alcanzadas por Bienes Personales las inversiones que se tienen al 31 de diciembre de cada año. El detalle de las inversiones, correspondientes a las personas humanas y las sucesiones indivisas, que deben mantenerse, para no pagar el impuesto, por ese período son:

  1. Depósitos en plazos fijos, independientemente la moneda.
  2. Inversiones en títulos públicos.
  3. Obligaciones negociables emitidas en moneda nacional.
  4. Instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a inversiones productivas.
  5. Cuotas partes de fondos comunes de inversión y certificados de participación de fideicomisos financieros.
  6. Depósitos en cajas de ahorro, independientemente la moneda, con algunas mínimas excepciones.

Aguinaldo: cómo calcularlo y qué pasa con el Impuesto a las Ganancias

En el caso de las cajas de ahorro, se excluye de la medida a los fondos que le depositen a los empleados en relación de dependencia por el pago de los sueldos y los ingresos depositados por los Monotributistas que cobran por sus facturas.

De esta forma, de aprobarse este proyecto, ya no se podrían realizar movimientos de dinero cerca del 31 de diciembre con el objetivo de cambiar la situación de un activo, de gravado o exento en Bienes Personales. Un ejemplo de ello, es el depósito de dólares en una caja de ahorro antes de fin de año, para retirarlo los primeros días del año siguiente, medida que se llama en el proyecto como de “antielusión”.

El decreto reglamentario de Bienes Personales ya determina, como cláusula antielusión una presunción, muy poco utilizada, que puede aplicar la AFIP en contra de esos movimientos que intentan eludir el impuesto. El problema es que la cantidad de días que exige el proyecto son demasiados, no limitándose a los últimos y los primeros meses, anteriores y posteriores del 31 de diciembre.

Impuesto a la riqueza y blanqueo, lo que se viene en materia de bienes personales

Los cambios en Ganancias para las empresas

Ya es ley, los cambios en la alícuota que pagaban las empresas en el Impuesto a las Ganancias que hasta ahora era del 30%. El gobierno anterior había propuesto reducir gradualmente la tasa del 35% al 25% para todas las sociedades en el transcurso de cinco años.

Sin embargo, ni bien asumió el nuevo gobierno dispuso un golpe de timón hacia otra dirección, suspendiendo la reducción anterior que se basaba en lograr un “efecto derrame”, y que finalmente no se logró, por un congelamiento de la alícuota en el 30%. Pero ahora, con la reciente ley, las empresas –independientemente de su tamaño- abonarán las siguientes tasas progresivas, determinadas en función de los importes de la ganancia neta imponible acumulada:

  1. Hasta 5 millones de pesos: pagarán el 25%
  2. Más de 5 millones y hasta 50 millones de pesos: pagarán de impuesto $ 1.250.000 más el 30% de lo que excede de los cinco millones.
  3. Más de 50 millones de pesos: deberán pagar $ 14.750.000, más el 35% sobre el excedente de $ 50 millones de pesos.

 

Adicionalmente, se  mantiene el pago de la alícuota del 7% sobre la distribución de dividendos que se distribuya a los socios o accionistas. De esta forma, en el  último tramo de la ganancia, el pago del impuesto puede llegar hasta la alícuota efectiva del 39,55% sobre la utilidad obtenida.

Los pensadores clásicos, la teoría del valor y el impuesto a las ganancias

Esta ley adicionalmente, aprobó una deducción “casi testimonial” de los honorarios de los directores o gerentes incrementada un 40% para el caso de su perceptor sea un mujer y del 60% si se trata de travestis, transexuales y transgénero, hayan o no rectificado sus datos registrales. Este importe diferencial puede generar un ahorro adicional - impositivo anual- a la empresa que va de $ 1.500 a $ 2.250, si estuviera en el segundo escalón de la tabla de las alícuotas. 

Al sistema tributario argentino le rige el corto tiempo, por ese motivo no puede brindarle a las inversiones estabilidad fiscal en el mediano y largo plazo.