Tras la polémica convocatoria a un 'paro activo' de obras públicas desarrollado el miércoles 13 de septiembre, los referentes de Republicanos Unidos, Roberto García Moritán, Yamil Santoro, José Magioncalda y Juan Fazio, denunciaron al Presidente de la Nación, Alberto Fernández y a su ministro de Obras Públicas, Gabriel Katopodis, por los delitos de “malversación de caudales públicos” e “incumplimiento de deberes de funcionario público”.
En la presentación judicial se plantea que “la utilización de la función pública, para una actividad propia de la campaña electoral, importa el empleo, en provecho del denunciado, de su partido y del Ministro Candidato Sergio Massa, de un servicio pagado por la administración pública, razón por la cual, los denunciados se encontrarían incursos en el delito de malversación de caudales públicos”.
"El 13 de septiembre, se ejecutó la medida de fuerza convocada por el ministro Katopodis contra las supuestas propuestas de “la oposición” forzando la interrupción de la actividad pública del Ministerio y contratistas, en lo que claramente fue un paro proselitista", manifestaron los firmantes de la denuncia.
A continuación, la presentación judicial menciona la participación del Presidente en la convocatoria oficial: "Del referido acto de fuerza, claramente contrario a la neutralidad que debe exhibir el Estado en materia electoral, fue partícipe, también, el Sr. Presidente de la Nación, cuyo desapego a las normas que ordenan la República fue publicado por varios medios".
Según los denunciantes, el comportamiento del "Presidente y otros funcionarios constituyó una clara vulneración de los principios de la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública N° 25.188, sancionada en virtud del mandato constitucional del Art. 36.
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Exigen investigar la posible vulneración de las normas electorales
Además, los firmantes de la denuncia entendieron que la conducta atribuida a los denunciados “resulta contraria a la austeridad republicana y la buena fe, al principio que privilegia el interés público por sobre el interés particular, al deber de emplear los bienes del Estado para fines autorizados y no con fines no relacionados con tareas oficiales o en beneficio de intereses privados y, finalmente, al deber de no utilizar instalaciones y servicios del Estado en beneficio de allegados (léase, Sergio Massa y demás candidatos)”.
En ese sentido, se requiere que la Justicia investigue la posible vulneración de normas electorales, en tanto que se prohíbe a los partidos políticos, los “aportes de entidades centralizadas o descentralizadas, nacionales, provinciales, interestaduales, binacionales o multilaterales, municipales o de la Ciudad de Buenos Aires; o permisionarios, empresas concesionarias o contratistas de servicios u obras públicas o proveedores de la Nación, las provincias, los municipios o la Ciudad de Buenos Aires”.
La causa, que lleva el número CFP 3235/2023 quedó radicada en el Juzgado Criminal y Correccional N°7 de Capital Federal, a cargo del Dr. Julián Ercolini.
CA/ED