POLITICA
Congreso

Diputados dio dictamen a la Ley de Alquileres y esperan darle media sanción antes de 2020

La iniciativa de Daniel Lipovetzky se había estancado varios meses en el Congreso y ahora esperan aprobarla en Diputados antes del 30 de noviembre.

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Alquileres. Foto de carácter ilustrativo. | cedoc perfil

La Cámara de Diputados firmó este miércoles dictamen de mayoría favorable a un proyecto para regular el mercado de alquileres habitacionales, tras un acuerdo entre el oficialismo y la oposición, y ahora buscarán que la iniciativa se pueda votar en el recinto antes del 30 de noviembre próximo.

Tras varios meses de estancamiento parlamentario por divergencias entre los distintos sectores, se llegó a un consenso en la comisión de Legislación General que apunta a mejorar la posición relativa de los inquilinos, la parte más débil de las relaciones contractuales en materia de alquileres.

"En Argentina hace muchos años que no tenemos ley de alquileres. Hemos trabajado mucho para encontrar consensos. fue un gran desafío. Se trabajó mucho entre los bloques, y al interior de los mismos, porque también había diferencias", dijo el presidente de la comisión de Legislación General, Daniel Lipovetzky.

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El legislador del PRO señaló que la idea es que el proyecto sea incluido en una sesión especial antes del 30 de noviembre próximo, al advertir que luego de esa fecha el dictamen se caerá.

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Además de llevar el plazo mínimo de los alquileres de dos a tres años, un aspecto que ya había alcanzado acuerdo hace meses, el dictamen dispone una actualización anual (y no semestral) del precio de todos los contratos (independientemente de su valor), sobre la base de una fórmula de indexación mixta que combina en partes iguales la evolución de la inflación (IPC) y de los salarios (RIPTE).

Por otra parte, se fija que el depósito de entrada sea de sólo un mes y con un monto no mayor al valor al primer mes de alquiler. A su vez, se amplía la gama de opciones que los inquilinos pueden presentar al propietario en concepto de garantía: ya no sólo se admitirán inmuebles de terceros sino también recibos de sueldos, certificados de ingreso, seguros de caución o avales bancarios.

De ese menú de opciones, el inquilino deberá ofrecer dos alternativas, de las cuales el propietario aceptará una para formalizar el contrato. A su vez, se fija que los gastos de expensas extraordinarios quedan a cargo del propietario y no del inquilino.

Incluso si hubiera algún gasto extraordinario incluido en las expensas ordinarias, también correrían por cuenta del propietario, de acuerdo con la iniciativa.

Otro beneficio para los inquilinos es que podrán interrumpir el contrato y abandonar la vivienda en forma anticipada sin pagar indemnización, si cumplen con un mínimo tres meses de aviso previo.

Además, el proyecto obliga a que la totalidad de los contratos sean inscriptos ante la AFIP, para evitar la evasión impositiva y posibles abusos por fuera de la formalidad legal.

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"Cuando el mercado inmobiliario opera en negro es para que los inquilinos no podamos reclamar ningún tipo de derecho. No conozco a ningún inquilino que reciba una factura", advirtió al respecto el presidente de la Federación de Inquilinos Nacional, Gervasio Muñoz.

Muñoz celebró el dictamen de mayoría como un paso clave en el camino para contar con un instrumento que contribuya a "poner límites a los abusos del mercado inmobiliario".

"El mercado inmobiliario indexa los contratos por índices que fijan ellos. Deciden entre 40 y 60% en las renovaciones de contratos, y un 18% de actualización semestral", lamentó.

El vicepresidente primero de la Cámara Inmobiliaria, Federico López Castromil, valoró el hecho de que finalmente se haya zanjado por no innovar en materia del pago de honorarios a los corredores inmobiliarios, aspecto que quedará librado a las normativas provinciales. El borrador inicial establecía que sean los propietarios los responsables de abonar los honorarios profesionales de la intermediación.

También se agregó un artículo que establece que en caso de que un tercero medie en la relación contractual de alquiler, los únicos agentes reconocidos legalmente por sus incumbencias profesionales sean los corredores matriculados.

J.D. /  C. P.