POLITICA
Tragedia de Once

Julio De Vido: de la falta de pruebas en su contra a una condena

Fue en el marco del segundo juicio por la tragedia ferroviaria de Once, en la que murieron 52 personas y 789 resultaron heridas.

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Imagen de archivo. La llamada Tragedia de Once ocurrió el 22 de febrero de 2012. | Cedoc Perfil

Julio De Vido ya tiene su primera condena judicial: 5 años y 8 meses de prisión. Fue en el marco del segundo juicio por la tragedia ferroviaria de Once, en la que murieron 51 personas (una de ellas una mujer embarazada) y 789 resultaron heridas. El exministro de Planificación Federal fue condenado por administración fraudulenta, pero no por el estrago culposo. El primer debate se realizó entre 2014 y 2015 y condenó a 21 de los 29 acusados iniciales, pero no lo tuvo a De Vido en el banquillo de los acusados. El ex funcionario no estuvo convocado, ni imputado en la primera investigación de la tragedia, que por los alcances de la instrucción, tuvo entre las máximas autoridades que llegaron a debate oral y público a Juan Pablo Schiavi y Ricardo Jaime, ex secretarios de Transporte de la Nación.

Pero aunque la instrucción inicial del caso -a cargo del juez Claudio Bonadio y el fiscal Federico Delgado- no lo incluyó, al momento de conocerse el veredicto del caso, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) 2, ordenó investigar su rol en la tragedia ferroviaria. Fue entonces que comenzó a cambiar la suerte para el ex funcionario, que incluso comenzó este juicio en libertad y poco después lo siguió tras las rejas, por su rol en otras causas.

La ausencia de De Vido en el primer debate fue por falta de pruebas en su contra, un punto en el que incluso estuvieron de acuerdo varios familiares de víctimas, y fue todo lo que surgió a lo largo de ese primer juicio lo que inclinó la balanza en su contra. Paradojas de la escena político-judicial argentina, quien más insistió durante la primera instrucción en que se cite a indagatoria a De Vido fue Gregorio Dalbón, hoy defensor de CFK. Dalbón querelló por una parte  de los familiares y terminó siendo echado del juicio por el Tribunal luego de una serie de llamados de atención previos, por sus desmanejos en el debate. Amenazas y burlas fueron parte de su polémico paso por el caso.

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Curiosamente, quien más insistió durante la primera instrucción en que se cite a indagatoria a De Vido fue Gregorio Dalbón, hoy defensor de CFK.

El 29 de diciembre de 2015, tras dos años de juicio, el Tribunal dio lectura a su veredicto y allí ordenó la extracción de testimonios y pruebas que refirieran a De Vido. Fue el punto 43 del fallo que dispuso: "Extraer testimonios de las piezas pertinentes y remitirlos al juez instructor a los fines de que se investigue la posible responsabilidad penal de los hechos que aquí juzgados por parte de los señores Julio Miguel De Vido, Jorge Gustavo Simeonoff, Julio César Pastine, Ernesto Ianni y Silvia Emilse López".

Luego de eso comenzó la investigación que, en lugar de a Delgado como fiscal tuvo a Ramiro González, quien unos meses después terminó pidiendo la elevación a juicio de De Vido y Simeonoff, quien era titular de la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos (UNIREN) al momento del choque.

Durante la primera instrucción del caso, las diferencias entre Delgado y Bonadio se hicieron insostenibles, al punto que el fiscal terminó siendo apartado del caso. Entonces, para la segunda investigación fue que se decidió la  intervención de González. En mayo de 2016, tres meses después de la orden del TOF 2, Bonadio procesó a De Vido como presunto coautor del delito de descarrilamiento y participe necesario de defraudación contra la administración pública por administración fraudulenta y le trabó un embargo por 600 millones de pesos.

Tres meses después, el fiscal González pidió la elevación de la causa contra a De Vido a juicio. Para la justicia, el ex ministro había tenido conocimiento del mal estado en el que se encontraba parte del sistema ferroviario y no había aplicado los controles y las sanciones correspondientes a quienes explotaban el servicio de transporte público en la época en la que se produjo el choque del tren de la línea Sarmiento.

Por eso, en su requerimiento, González había recalcado que los delitos por los De Vido y Simeonoff  debían ser juzgados por "estrago culposo, agravado por el resultado de muerte y lesiones, y defraudación por administración fraudulenta agravado por ser en perjuicio de una administración pública". González sostenía que “la inacción” De Vido, “en función del rol que desempeñaba, como de las dependencias subordinadas -pese al notorio deterioro de los bienes afectados a la concesión-, posibilitaron las circunstancias precedentemente detalladas".