POLITICA
¿HAY MULTA?

Elecciones 2019: qué hacer si no votaste

Hay pocas razones que justifican la ausencia a la hora de los comicios. Qué debés presentar ante la Justicia para no estar en el Registro de Infractores.

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La gente se acerca a votar en Córdoba. | Noticias Argentinas

Desde 1983, crece de forma sostenida la participación ciudadana en las elecciones generales. Sólo a modo de ejemplo, los datos de 2015 marcan el estimado de votantes que eligieron presidente: en primera vuelta, votó el 81 por ciento del padrón; en segunda vuelta, el 78 por ciento. De acuerdo con lo informado este domingo por el ministro del Interior, Rogelio Frigerio, la afluencia de votantes superó el 80 por ciento. ¿Pero qué pasa con los que no están incluidos, ese 20 por ciento aparentemente infractor?

Hay razones para no haber participado de los comicios. Algunas pueden justificarse de acuerdo a los cánones dispuestos por la Justicia Electoral. Otras, se compensan con una multa que hoy asciende a los 50 pesos.

Voluntad u obligación. El padrón está conformado por los ciudadanos argentinos mayores de 16 años residentes en Argentina, en condiciones para sufragar. Quienes están en el exterior, deben empadronarse en los consulados o embajadas correspondientes para poder votar a distancia. El voto es voluntario si tenés entre 16 y 18 años, o más de 70 años. En esos casos, no hay infracción posible. Los "obligados" son el resto: la población con DNI argentino, entre 18 y 70 años.

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Razones para no votar. Si estás los que no votaron y debías hacerlo, hay pocos motivos que pueden justificar tu ausencia, en base a los dispuesto por el Artículo 12 del Código Electoral Nacional. Estos son: motivos laborales, estar a una distancia mayor a 500 km del centro de votación correspondiente, motivos de salud (tuyos o de un familiar a tu cargo), razones económicas, extravío de documentos, o razones de fuerza mayor, como podrían ser las inundaciones de las últimas semanas.

Qué hacer. En las próximas horas, la Secretaría Electoral informará a la Cámara Nacional Electoral quiénes ejercieron su voto y quiénes no. En caso de que no lo hayas hecho, debés consultar online el Registro de Infractores. Con tu DNI podés descargar las constancias de votos anteriores y explicar por qué no votaste. La justificación de no emisión de voto no es informal. En todos los casos debés presentar una constancia que explique tu ausencia, que será sometida al criterio de la Justicia Electoral Nacional. El plazo para presentar tu solicitud es de hasta 60 días después de la fecha de votación.

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Sin excusas. Si tus razones no aplican a nada de lo anterior, sólo queda pagar. La boleta de pago puede tramitarse online en el Registro de Infractores. La multa oscila entre 50 y 500 pesos, según tu "historial" de cumplimiento en elecciones anteriores.