POLITICA
Por encima de los aumentos del gobierno

Un fallo de la Justicia autoriza un aumento del 42% a los jubilados

El fallo reconoce los aumentos por decreto del Gobierno en el marco de la Emergencia Pública, pero ordena restituir los valores de la movilidad una vez terminado dicho contexto.

Jubilados.
Jubilados. | Noticias Argentinas

La Cámara de Bahía Blanca ordenó que, pasada la Emergencia Pública, el Gobierno deba restituir las jubilaciones al valor que correspondía por la fórmula de movilidad, es decir, un 42,13%, que representa un aumento mayor a los dispuestos por decreto de Alberto Fernández

En dicho fallo, los jueces Pablo Esteban Larriera y Leandro Sergio entendieron la situación de emergencia por lo que habilitaron la suspensión de los aumentos por fórmula y que se definan por decreto, pero que al finalizarse la emergencia, si hubiere una diferencia en contra de los jubilados, se restituya.

Hasta el momento, por los decretos dictados la movilidad varió entre un 24,28% y un 35,31% ­según el monto del haber­, es decir, un monto inferior a los que hubieran sido por fórmula en el 2020. 

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"Deviene imperativo, una vez finalizada la emergencia declarada, analizar si existe diferencia entre la movilidad suspendida y la otorgada mediante los decretos, debiendo en caso de que así fuere, restituirse las sumas no otorgadas", dice la resolución judicial.

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"En consecuencia, con fundamento en todo lo expuesto, deberá la Administración integrar el haber previsional de diciembre 2020 con el porcentaje de incremento que la parte actora haya dejado de percibir en virtud de la suspensión legalmente dispuesta", concluye la sentencia.

"En consecuencia, con fundamento en todo lo expuesto, deberá la Administración integrar el haber previsional de diciembre 2020 con el porcentaje de incremento que la parte actora haya dejado de percibir en virtud de la suspensión legalmente dispuesta", concluye la sentencia.

"En consecuencia, con fundamento en todo lo expuesto, deberá la Administración integrar el haber previsional de diciembre 2020 con el porcentaje de incremento que la parte actora haya dejado de percibir en virtud de la suspensión legalmente dispuesta", agregan en la sentencia.

No obstante, por las diferencias de los montos es que se iniciaron muchas denuncias de jubilados, con algunos pocos fallos a su favor y apelaciones que significarán la intervención de la Corte Suprema para definir el final de esta cuestión.

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Los jubilados y pensionados con DNI finalizado en 1 y cuyos haberes no superen los $ 25.925 podrán cobrar hoy el beneficio correspondiente a junio junto con el medio aguinaldo en las sucursales bancarias por ventanilla.

También lo harán los beneficiarios de las asignaciones familiares y la Asignación Universal por Hijo (AUH) con documento finalizado en 1, con tarjeta de débito, indicó la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

En el caso de jubilados y pensionados, la Anses recordó que si bien los titulares no tienen que solicitar turno previo para cobrar este beneficio, deben acercarse a la sucursal bancaria únicamente en las fechas que corresponden según la terminación del DNI.

El organismo aclaró que los haberes de jubilados y pensionados que no concurran el día indicado permanecerán depositados en sus cuentas.

JD / CP