Una decisión de la Sala I de l Cámara Federal de Casación Penal dejó clausurada definitivamente este viernes la causa del Memorando de Entendimiento con Qatar. La resolución del tribunal ratificó así la decisión del juez Daniel Rafecas, quien en marzo de 2017 había desestimado, por inexistencia de delito, la denuncia formulada contra Mauricio Macri, Gabriela Michetti y la entonces Canciller, Susana Malcorra.
La firma del “Memorándum de entendimiento” con el Estado de Qatar se realizó el pasado 6 de noviembre de 2016 y para los denunciantes, el texto del acuerdo era contrario a las disposiciones locales ya que planteaba la posibilidad de acudir a una estructura "off shore" para canalizar inversiones, como así también la designación de un "Tercero Administrador" para manejarlas discrecionalmente, entre otros aspectos.
La decisión de Rafecas ya había sido ratificada por la Cámara de Apelaciones, pero fue recurrida y llegó a Casación. Allí, a través de una resolución dada a conocer este viernes, los camaristas Alejandro Slokar, Ana María Figueroa y Ángela Ledesma consideraron que estaba mal concedido el recurso de apelación. Con duros párrafos apuntaron hacia el fiscal Germán Moldes, que llevó la apelación ante esta instancia. Los magistrados sostuvieron que de “sus huérfanas manifestaciones se advierte que resulta inidóneo el escrito presentado, puesto que el fiscal no ha intentado minímamente confuntar las razones argumentativas brindadas por él en la resolución atacada, para demostrar de ese modo la arbitrarierdad que alega”.
El caso del Memorando con Qatar, dado a conocer por PERFIL, se inició tras la presentación de la denuncia de un particular a través de una ONG, a la que luego se sumó otra de varios diputados de la oposición, por la presunta comisión de los delitos contra la administración pública.
El eje de la presentación hacía referencia a la suscripción del Memorando entre un funcionario de la ANSES, y el representante del fondo de inversión Qatar Investment Authority (QIA), cuyo contenido, de acuerdo a lo denunciado, sería contrario a la normativa vigente en nuestro ordenamiento jurídico. Porque entre otras cosas planteaba allí la posibilidad de acudir a una estructura “off shore” para canalizar inversiones, así como la designación de un “Tercero Administrador” y por ende, perjudicial para el erario público.
Tras analizar el material, Rafecas consideró el “Memorándum de Entendimiento” se limitaba a dejar asentado, a lo largo de sus cláusulas, que los dos Estados habían iniciado conversaciones y negociaciones orientados a que Qatar, a través de un ente público de inversiones, junto con el Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la ANSES, realice inversiones en infraestructura en la Argentina.
La fiscal del caso, Paloma Ochoa, recurrió la decisión de Rafecas y así llegó a la Cámara Federal, que en marzo confirmó el cierre de la causa. Lo que quedó firme hoy.