Por cuatro votos contra uno, la Corte Suprema de Justicia reiteró la jurisprudencia dispuesta en el fallo “Ferrari contra Levinas” que habilita al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires como órgano competente para resolver los recursos extraordinarios que se presentan contra sentencias de la justicia nacional.
El voto de la mayoría se conformó con las firmas de los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti y de los conjueces Patricia Marcela Moltini y Pablo Candisano Mera; en contra votó el ministro Carlos Rosenkrantz.
Moltini es presidenta de la Cámara Federal de Tucumán y Candisano Mera es titular de la Cámara Federal de Bahía Blanca. El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez explicó a PERFIL que se convocó a conjueces ya que no eran suficientes los votos de Rosatti y Lorenzetti porque en la sentencia “Ferrari contra Levinas”, que sentó el precedente de la competencia del Tribunal Superior de Justicia porteño, había votado Juan Carlos Maqueda, por lo que se necesitaba una integración de cinco miembros.
El Máximo Tribunal hoy está integrado por tres jueces pese al intento del Gobierno de impulsar los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla, que resultaron infructuosos. Así, para sentencias en las que se necesita conformar una mayoría más amplia, se convoca a conjueces que son elegidos por sorteo entre todos los presidentes de las Cámaras federales. En este caso resultaron electos Moltini y Candisano Mera.
En esta causa la Corte convocó a conjueces para conformar la mayoría: la sentencia salió por cuatro votos a favor y uno en contra.
La causa en la que falló el Máximo Tribunal este jueves se inició por un pedido de “nulidad de escritura/instrumento” contra el club de campo Haras El Moro S.A. La Sala I de la Cámara Civil hizo lugar a la demanda que pretendía la declaración de inoponibilidad de la compraventa instrumentada por escritura pública celebrada entre Haras El Moro SA y un hombre. La demandada presentó un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Superior de Justicia porteño, que la Cámara rechazó.
Tal como ocurrió en el caso de los herederos de León Ferrari contra Levinas, en esta causa quedó planteada la disputa de competencia y el Tribunal Superior de Justicia porteño envió el expediente a la Corte que ayer dictó sentencia. “Se establece que (...) el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el superior tribunal de la causa al que se refiere el artículo 14 de la ley 48 y, en consecuencia, resulta competente para revisar la sentencia dictada por la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil", sostuvo la mayoría de la Corte Suprema.
Gil Dominguez, que fue convencional constituyente de la Ciudad de Buenos Aires, consideró que la sentencia de la Corte respeta la autonomía de la Ciudad, prevista en la Constitución.
En disidencia, Rosenkrantz sostuvo que “el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires carece de competencia para revisar la sentencia dictada por la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil”.
El rechazo de la Cámara Civil
El 27 de diciembre del año pasado, la Corte se pronunció en la discusión por la competencia de tribunales en la causa que presentaron los herederos del artista plástico León Ferrari contra el periodista Gabriel Levinas, a quien acusaban de apropiación indebida de obras de arte. Fue una de las últimas sentencias que suscribió Maqueda, quien renunció al Máximo Tribunal el 30 de ese mes.
En febrero de este año, la Cámara Nacional en lo Civil resolvió en pleno que las sentencias de sus salas no pueden ser revisadas por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de Buenos Aires, rechazando así la aplicación del fallo Ferrari contra Levinas.
Desde que la Corte se pronunció en ese caso, el tema generó una fuerte controversia y provocó críticas por parte de asociaciones de magistrados y profesionales judiciales.
Además de la Cámara Civil, la Cámara del Trabajo y la Cámara del Crimen manifestaron su rechazo al fallo del Máximo Tribunal y desconocieron la competencia del Tribunal Superior de Justicia porteño como instancia revisora de sus sentencias. Esta decisión también impacta en otras causas, como la que tiene el Estado nacional contra la familia de Mauricio Macri por las operaciones en el Correo Argentino.
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