El presidente Mauricio Macri y el jefe de Gobierno Horacio Rodríguez Larreta firmaron un convenvio entre el estado nacional y la ciudad autónoma de Buenos Aires de trasferencia progresiva de facultades y funciones de seguridad en todas las materias no federales ejercidas en la Capital. Los principales puntos que se establecieron para ese procedimiento son:
- La transferencia será materializada de manera gradual y progresiva, ordenada en dos etapas: etapa de transición y etapa de consolidación. La primera está prevista por el plazo de un 1 año, que podrá ser prorrogado de común acuerdo. En la segunda, Nación continuará brindando apoyo a la Ciudad en todas aquellas materias relativas al traspaso que sean específicamente requeridas y por el plazo que se considere adecuado.
- Se acordó la transferencia y cesión en propiedad a la Ciudad de todos los bienes inmuebles que se encuentran afectados de manera exclusiva a la función de seguridad.
- La Nación renuncia y reintegra a la Ciudad la tenencia y uso precario gratuito otorgado sobre los bienes inmuebles pertenecientes a ésta última en la Ciudad de Buenos Aires.
- Durante el período que insuma la etapa de transición las partes podrán acordar entre ellas la transferencia individual de agentes, bienes y/o servicios de la Policía Federal Argentina.
- Los agentes públicos transferidos conservan el nivel escalafonario, remuneración, antigüedad, derechos previsionales y de cobertura social que tuvieran al momento de la transferencia, o sus equivalentes. Durante la etapa de transición, los agentes públicos transferidos continuarán rigiéndose por la normativa laboral, de carrera, previsional y de cobertura social, sin perjuicio de su pertenencia jerárquica, funcional e institucional inmediata y definitiva de las estructuras jerárquicas que la Ciudad determine. Asimismo, durante dicha etapa, la integración de las Juntas de calificación será dispuesta por la Jefatura de Policía de la Ciudad, las que se regirán conforme lo establecido en el Capítulo XIV del Decreto PEN N°1.866/83. La Ciudad ejerce el poder disciplinario sobre el personal transferido, acordando las partes que durante el periodo de transición la iniciación del sumario estará a cargo de la Ciudad y su tramitación se encontrará a cargo de La Nación, siendo ellos resueltos por la Ciudad. Asimismo, las partes acuerdan que los procedimientos sumariales disciplinarios que se encontraren en trámite al momento de la transferencia, serán resueltos por la NACIÓN, quedando a cargo de la CIUDAD la aplicación de las sanciones y/o medidas resueltas, de conformidad con las normas vigentes.
- Durante la etapa de transición tanto respecto a los agentes de la Policía Federal Argentina transferidos, se evaluará la adopción de medidas legales, presupuestarias y la suscripción de los instrumentos y convenios que estimen necesarios, tendientes a brindar un goce equitativo de los derechos de carrera, sociales y previsionales de todos aquellos agentes que conformen la policía local. En virtud de ello, para el caso que la Ciudad decida suscribir convenios específicos de adhesión con la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal, La Nación se obliga a aceptarla.
- Salvo acuerdo en contrario, la Nación continuará prestando en coordinación con la Ciudad el Opertativo Unidad– Cinturón Sur, aprobado mediante Decreto PEN N° 864/2011 cuyo objeto es optimizar el servicio de seguridad ciudadana en la Capital Federal mediante la complementación operativa sinérgica de los cuerpos policiales y de las fuerzas de seguridad federales por zonas. Asimismo, se continuará con el operativo de seguridad en Puerto Madero y con los puestos de control de acceso en Villas.
- Durante el periodo que insuma la etapa de transición y consolidación, cada una en su jurisdicción, realizará las modificaciones y adecuaciones normativas, administrativas y operativas necesarias para la ejecución de la transferencia del personal, organismos, funciones, competencias, servicios y bienes.
- Se crearán equipos de trabajo convocados por los Ministros de Seguridad de cada jurisdicción. Cada equipo de trabajo será liderado, en cada ámbito de jurisdicción, por un/a coordinador/a que actuará de nexo entre ambas partes y cuya designación será notificada de manera fehaciente a la otra parte. Cada equipo de trabajo funcionará como un órgano transitorio de coordinación, seguimiento, elaboración y ejecución de un cronograma de transferencia bajo la órbita de cada Ministerio, mientras se extienda el plazo de transición y consolidación previsto en la cláusula quinta.