POLITICA

Oficializan a Giudici como directora del Ente de Comunicaciones

La ex legisladora porteña será la titular del organismo que aglutina al AFSCA y el AFTIC.

Giudici, nueva titular del ex AFSCA
| Facebook

El Gobierno nacional oficializó este martes el nombramiento de la ex legisladora Silvana Giudici como directora por el Poder Ejecutivo en el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), el organismo que asumió las funciones de las disueltas AFSCA y AFTIC.

La medida fue notificada en el Boletín Oficial a través del decreto 276/2016, con fecha del 25 de enero pasado, en el que además se acepta la renuncia a ese cargo de Agustín Garzón, que había sido designado el 5 de enero.

Al anunciarse la creación del Enacom a principios de enero, Giudici había expresado: "Me parece que lo más positivo es el mensaje: se termina la guerra con los medios, con los periodistas, el control del relato, eso es central y se abre una nueva era de innovación, se va a intentar a través de la unificación del AFSCA y la AFTIC, generar redes de telecomunicaciones en la Argentina y dar un salto cuantitativo", afirmó.

La norma, que lleva la firma del presidente Mauricio Macri, y del ministro de Comunicaciones, Oscar Aguad, resalta que Giudici "reúne las condiciones de idoneidad y experiencia para ejercer" el cargo.

La flamante directora del ENACOM fue diputada nacional por la Unión Cívica Radical entre 2003 y 2011, período en el que presidió la Comisión de Libertad de Expresión de la Cámara baja.

En 2013 concretó su pase de la UCR al PRO, y se desempeñó como subsecretaria Coordinadora de Planes Estratégicos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hasta 2015, cuando fue elegida Legisladora porteña, banca a la que renunció hace algunas semanas.

El ENACOM fue creado el pasado 4 de enero a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), para reemplazar a la AFSCA y la AFTIC, disueltas en la misma norma, que además introdujo varias modificaciones a la Ley de Servicios Audiovisuales aprobada por amplia mayoría en el Congreso en 2009.