El contenido de las 534 páginas con las que el juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, selló hoy el procesamiento del fiscal Carlos Stornelli cerró un círculo que comenzó a desandar en febrero pasado. Ese mes, el magistrado allanó la casa del falso abogado (ahora detenido) Marcelo D’ Alessio, en la localidad de Canning y encontró decenas de carpetas con nombres de distintas supuestas “operaciones” de inteligencia ilegal.
Nueve meses después, el juez federal procesó al fiscal federal, protagonista del caso Cuadernos, y consideró que si no fuera por sus fueros debería estar cumpliendo prisión preventiva. Stornelli quedó procesado por el delito de asociación ilícita e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
"Se impone la prisión preventiva pese a haberse comprobado la existencia de los peligros procesales de elusión de la acción de la justicia y de entorpecimiento de la investigación, en razón de los fueros e inmunidades de los que goza el imputado", sostuvo Ramos Padilla.
Pero aclaró: “ningún sentido tiene disponer una medida que no se habrá de aplicar y que, cuando pudiere hacerse efectiva, corresponderá analizar nuevamente la concurrencia y permanencia de aquellos riesgos procesales que hoy se observan”. Al tiempo que aseguró que, “de todos modos, ello no implica que no esté en la obligación de hacer notar esta situación excepcional que se plantea y de exhortar nuevamente al Procurador General de la Nación interino para que, en el marco del debido proceso, sin más demoras y dilaciones, lleve adelante con premura el necesario juzgamiento en el ámbito disciplinario y de juicio político, que en el caso se exige”.
“Lo que ocurre en el caso del imputado Stornelli es que adoptó una postura contumaz, desconociendo por completo las convocatorias y resoluciones dictadas en el marco de esta causa, lo que, sumado a la existencia efectiva y comprobada de riesgos procesales y su relación con servicios de inteligencia, imponen la adopción de recaudos para hacer cesar aquellos comprobados peligros procesales”, agregó el juez.
Cómo se defendió Stornelli ante Ramos Padilla
Ramos Padilla ordenó además trabar un embargo de 10 millones de pesos al tiempo que dispuso que este no podrá ausentarse de su lugar de residencia durante más de diez días sin dar previo aviso al tribunal.
De qué lo acusa. Ramos Padilla dictó el procesamiento de Stornelli por encontrarlo penalmente responsable del delito de asociación ilícita en los casos identificados como: “GNL”, “Brusa Dovat-PDVSA”, “Terrorismo-Irán”, “Pedro Etchebest”, “Ubeira”, “Castañón” y “Munín-Talevi”. A lo que se le suman los delitos de incumplimiento de deberes legales de funcionario público en diferentes grados en esos casos.
A lo largo del escrito, el magistrado abordó desde la situación de rebeldía que le cupo a Stornelli por no presentarse a los sucesivos llamados a indagatoria así como durísimos párrafos sobre su responsabilidad en el caso. Allí hizo, entre otros puntos, referencia a los chats intercambiados con D’ Alessio a lo largo de casi cinco meses, considerados una gran parte del material probatorio del expediente.
Ramos Padilla considera que Stornelli debe estar preso porque ya dio señales de no querer cumplir con la justicia y porque tiene poder como fiscal.
“Desde un primer momento, se detallaron ampliamente sus imputaciones y en todo momento se le brindo el más amplio e irrestricto acceso al expediente, para que pudiera aportar –si así lo estimaba- todas las explicaciones y realizar los planteos que considerara pertinentes”, sostuvo el magistrado en su resolución al momento de aludir a las sucesivas inasistencias de . A lo que agregó que, “luego de cuatro ausencias injustificadas, el día 26 de marzo del corriente, se lo declaró rebelde”. El estado de rebeldía recién ceso cuando Stornelli se presentó a fines de noviembre pasado, más de ocho meses después de su primera citación.
La responsabilidad de Stornelli, clave en su procesamiento
“El dato que reconoce Stornelli de que D’Alessio le dijo cobrar un sueldo de la Embajada de Estados Unidos y que presenta como accesorio, es algo que un fiscal federal no puede dejar de lado, mucho menos cuando después aparece involucrado en 8 operaciones de espionaje e inteligencia ilegal con esa misma persona”, sostuvo Ramos Padilla en su escrito. “Demás está decir que la injerencia de las agencias extranjeras en los procesos de justicia nacional debe estar justificada expresamente”, agregó.
El magistrado también hizo alusión a la situación que se dio entorno de Jorge Castañón, ex pareja de la actual mujer de Stornelli, sobre quién aparecen varios chats entre el fiscal y D’ Alessio. “En el caso de Castañón, nuevamente el fiscal es quien pide y D’Alessio quien responde: le pide averiguaciones, información a la que puede acceder en su carácter de agente y espía”, concluyó Ramos Padilla. “D’Alessio, de acuerdo a la prueba reunida, no investiga temas familiares o personales, a menos que alguien cercano se lo pida, como es el caso. Pero no deja de ser un agente que “se ocupa”, y además de obtener información sobre Castañón, propone “cortarlo, acá o allá” y “plantarle” droga en la valija”, agregó.
Sobre el caso del directivo de PDVSA, Brusa Dovat, Ramos Padilla sostuvo: “Finalmente, en el caso Brusa Dovat, cabe preguntarse una vez más qué rol juega D’Alessio para Stornelli: el de agente, coaccionador, forzador de voluntades, que presiona a una persona para que declare algo en la justicia, el de agente-espía vinculado a una agencia extranjera que lleva a la fiscalía a alguien que está en pánico y lo manipula para que preste testimonio y aporte otra información en paralelo o el de un amigo que acompaña a una persona a hacer una denuncia”. Tras lo cual agregó: “Está claro que las primeras opciones son las que se corresponden con el modo en que le había sido presentado el tema al fiscal”.
Sobre estos chats, Ramos Padilla sostuvo que: “cabe señalar que no se tratan de dichos de terceros, como destacó el fiscal en la indagatoria”. “Se trata aquí de sus propias manifestaciones, mensajes de audio y texto -también fotografías y videos- que envía y recibe el propio Stornelli, que se reiteran y guardan un correlato con el resto de las constancias de la causa”, sostuvo. A lo que agregó: “No se trata de dichos de terceros, se trata del propio imputado recibiendo y reclamando la actividad de un “espía” para la realización de actividades prohibidas por la ley 25.520 (N de la R: la Ley de Inteligencia Nacional)”.
CD/MC