SALUD
Boletín Oficial

La ANMAT prohibió la venta de un suplemento dietético por considerarlo un “producto ilegal”

Un informe del Servicio de Autorización Sanitaria de Alimentos para el Comercio Exterior asentó que “no constan antecedentes de ingreso al país”.

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ANMAT | CEDOC Perfil

La ANMAT prohibió la elaboración y comercialización del suplemento dietético ‘Colostrum’ por considerarlo un “producto ilegal” , al incumplir con el procedimiento de importación establecido para este tipo de artículos por medio de la disposición 5719/2025. Dicha resolución, se integra a una serie de controles estrictos sobre elementos alimenticios que ingresan al mercado argentino sin el debido aval sanitario.

La decisión fue oficializada este lunes a través del Boletín Oficial y fue rubricada por la titular de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, Nélida Agustina Bisio.

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Un informe del Servicio de Autorización Sanitaria de Alimentos para el Comercio Exterior asentó que “no constan antecedentes de ingreso al país”. Según fuentes del organismo nacional, las actuaciones se iniciaron producto de la consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la genuinidad del producto rotulado como: 'Dietary Supplement - Colostrum, Restore & Revitalize, lo que encendió las alarmas respecto a su procedencia.

Debido a esto, ANMAT resolvió que los productos “se encuentran en infracción al artículo 4° de la Ley N° 18284, y al artículo 4° del Anexo II del Decreto N° 2126/71, por ser un producto que no cumplimentó el procedimiento establecido para la importación de alimentos, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

La ANMAT argumentó “falta de registros” y “trazabilidad” del suplemento dietético

En la resolución oficial de la ANMAT se detalló que “es un producto que no puede ser identificado como producido, elaborado, y/o fraccionado en el correspondiente RNE (Registro Nacional de Establecimientos) y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un domicilio de elaboración inexistente, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

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Suplemento dietético prohibido por la ANMAT
Suplemento dietético prohibido por la ANMAT

Por su parte, desde el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL concluyeron que “toda vez que se trate de productos que carecen de registros, motivo por el cual no puede garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.

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Se recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea del citado producto.

PM/ff