SOCIEDAD
Condenado

Fallo por la muerte de Débora: para el tribunal, Bialolenkier "faltó a su deber"

Hoy se dieron a conocer los fundamentos de la resolución que condenó al endoscopista y absolvió a la anestesista.

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El endoscopista que fue condenado por la muerte de Débora, Diego Bialolenkier. | Cedoc

Durante la jornada de hoy se conocieron los fundamentos del fallo que condenó al endoscopista Diego Bialolenkier por el fallecimiento de la legisladora electa y periodista Débora Pérez Volpin. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 8 expresó en el escrito que Bialolenkier faltó a su deber de cuidado".

Además, los jueves señalaron que la actitud del médico, al no haberle informado al resto del equipo sobre la perforación de las vías digestivas causada por el exceso de fuerza al introducir el endoscopio, implicó que las maniobras de reanimación perdieran efectividad.

Según el fallo, “en razón de la fuerza que ejerció para avanzar con el endoscopio, en el marco de un acceso a la vía digestiva de la víctima con distensibilidad dificultosa, Diego Ariel Bialolenkier provocó la perforación transmural y el resto de las lesiones esofágicas ya consignadas; y sin advertir esa circunstancia, continuó insuflando aire en el organismo de Pérez Volpin durante cerca de cinco minutos”.

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En ese sentido, los magistrados remarcaron: "Esta conducta indudablemente supone una actuación imprudente y negligente por parte del acusado, que puntualmente no ha prestado el debido cuidado a su paciente, no aseguró la calidad de la endoscopía y no ha actuado centrando su atención en el paciente, ni se ha conducido con el máximo celo y con su mejor capacidad profesional".

Juicio por la muerte de Pérez Volpin: anestesista responsabilizó al endoscopista

Los jueces estimaron que "una conducta prudente habría evitado que la perforación se produjera". Asimismo, agregaron: "Si el acusado hubiese estado atento a la pantalla del monitor, podría haber advertido la lesión causada, dejar de insuflar aire con el endoscopio, suspender el procedimiento y lograr así una casi segura reducción del daño, posibilitando una atención inmediata de la víctima y, casi con seguridad, la evitación del fatal desenlace. No ha hecho nada de eso. Y por tal razón la ley reprueba su manera de conducirse".

En cuanto a la situación de la anestesióloga Nélida Puente, la absolución fue firmada debido a que "realizó todas las maniobras para asistir a la víctima más allá de no haber tenido éxito”, según el escrito.

"Aún cuando la acusada hubiera realizado todas las maniobras que las partes acusadoras consideraban adecuadas al caso, el resultado se habría producido de todas maneras”, sostuvieron los magistrados.

La anestesióloga Nélida Inés Puente debe ser absuelta, toda vez que su conducta no se apartó, en la emergencia, de lo que indica la lex artis, más allá de que, como lamentablemente ocurrió, los intentos de salvar la vida de Débora Pérez Volpin hayan sido, en definitiva, ineficaces”, completa el fallo.

Días atrás, el abogado de la familia de Débora, Diego Pirota había adelantado a la agencia Télam: "Vamos a recurrir la absolución de Puente porque entendemos que, si bien no tiene la misma responsabilidad que Bialolenkier, ella también es responsable. Así lo entendimos nosotros y también la fiscal". 



JPA EA