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Muerte de un nene de dos años | Dictan prisión preventiva a la madre como presunta asesina

La Justicia consideró a la madre del nene como presunta responsable de su crimen. El lamentable hecho ocurrió a mediados de enero.

Procesaron por homicidio agravado a la madre del niño muerto en Parque Patricios 20220202
Paula Yasmina Guerrero, la madre del niño muerto en Parque Patricios | Agencia Telam

La justicia procesó con prisión preventiva a la madre de Milo Alexander Derto Guerrero, el niño de dos años que falleció hace dos semanas en el barrio porteño de Parque Patricios, como presunta autora de un homicidio doblemente agravado por el vínculo y la alevosía, al considerar que la acusada sofocó a su hijo mientras dormía en el marco de una "venganza" o "revancha" contra su ex pareja y padre de la víctima.

Milo Derto 20220117

Fuentes judiciales informaron este miércoles que el procesamiento de Paula Yasmina Guerrero (29) fue dictado en las últimas horas por la jueza María Alejandra Provítola, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional 3, quien además trabó un embargo por 2.500.000 pesos sobre los bienes de la imputada.

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Provítola concluyó que "durante la madrugada de aquel 15 de enero de 2022, la imputada Paula Yasmina Guerrero ha dado muerte de manera deliberada y voluntaria a su hijo".

Las lesiones que presentaba el nene muerto

Si bien la autopsia había concluido que la causa de muerte de Milo había sido una "congestión, edema y hemorragia pulmonar" y un "edema encefálico difuso", lo que en principio no indicaba que el fallecimiento haya sido consecuencia de un homicidio, la jueza le dio una relevancia preponderante a las lesiones que el niño presentaba en los labios y que, según infiere, podrían haber sido provocadas en un mecanismo asfíctico por compresión o sofocación.

En el procesamiento la jueza enumera tres posibles maniobras homicidas: "1) utilizando un almohadón como instrumento de opresión del rostro para interrumpir, así, la respiración del niño hasta alcanzar la muerte; 2) mediante la obstrucción de la respiración al cubrirle los orificios nasales y boca, al ejercer presión con sus propias manos, hasta lograr el fallecimiento; o bien, 3) al ejercer presión sobre la nuca del niño, con sus manos o almohada, mientras dormía o se hallaba recostado sobre la cama, de modo que su rostro ejerció presión contra el colchón o almohada".

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La jueza menciona que si bien Guerrero en su indagatoria "afirmó haberle practicado al niño 'respiración boca a boca' cuando se despertó y percibió que 'no respiraba', lo cierto es que la 'escoriación de 6 mm. en la región del labio superior del lado izquierdo e impronta dentaria en la mucosa yugal del lado derecho de 4 mm. de diámetro que Milo Alexander evidenció frente a los exámenes forenses posteriores, no implica una asociación directa con el presunto mecanismo de reanimación dispensado por su madre".

"Ello pudo responder, más bien, a la actividad homicida de la imputada (asfixia por opresión)", señala la resolución.

Al abordar el posible móvil, Provítola resaltó que la "acción homicida" posiblemente estuvo "motivada en los conflictos preexistentes con Felipe Nicolás Derto Dalcolmo, padre de Milo Alexander y ex pareja de la imputada (…) en tanto Paula Yasmina Guerrero habría anunciado previo a tales hechos, desde su separación y por distintas vías que, para el caso de no retomar el nombrado la relación de pareja, mataría al niño y se quitaría la vida".

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"A modo de venganza y represalia por su padecer, concertó sus anticipos y ultimó a Milo Alexander Derto Dalcolmo", sostuvo la jueza.

En el mismo sentido, agregó: "Guerrero dio muerte a su hijo como revancha o exteriorización -una vez más- de su ira o frustración para con su pareja, como una forma de demostrar, a través del trato con los niños mensajes directos a sus parejas".

Al fundamentar la alevosía, Provítola sostuvo que Guerrero "generó el ataque homicida sin riesgo para su persona, pues lo hizo en el interior de su propia casa, en horas de la madrugada, impidiendo así que eventuales terceros acudan en protección de la víctima".

También mencionó la "corta edad de su hijo -dos años-" y el hecho de que el niño se encontraba "en una particular situación de indefensión no ya por su edad, sino por la forma y lugar en donde se encontraba: dormido en plena nocturnidad y entre almohadones y peluches".

Más allá de que en su indagatoria la imputada dijo que tomó "vino de cartón" y "una pastilla de Clonazepam para dormir", la jueza indicó que los informes toxicológicos "descartaron presencia del alcohol, fármacos de índole psicotrópico, y estupefacientes", y que la evaluación médica reveló que Guerrero estaba "orientada en tiempo y espacio, con conciencia de situación y sin signos clínicos de neurotoxicidad", por lo que desechó cualquier posibilidad de una inimputabilidad.

El caso se conoció el 15 de enero último, en un domicilio situado en la avenida Caseros al 2400 del barrio porteño de Parque Patricios, Guerrero denunció mediante un llamado al 911 que su hijo de dos años no podía respirar y el niño fue trasladado hasta el Hospital Garrahan, donde los médicos constataron que había fallecido.

Tras la muerte de Milo, la Fiscalía Criminal y Correccional 30, a cargo de Marcela Sánchez, y la jueza Provítola dispusieron la detención de Guerrero.

Luego se supo que el padre del niño había denunciado el día anterior a Guerrero ante la Oficina de Oficina de Violencia Doméstica (OVD) para acceder a su tenencia temporal al declarar que tenía "temor por la integridad de su hijo", y que al resolverse que el menor iba a ser entregado a su papá para su guarda, la imputada le mandó a su ex pareja un mensaje que entre otras cosas decía "olvidate de Milo para siempre".