El Tribunal Oral Federal en lo Criminal 1 de Mar del Plata condenó el jueves a penas que van de 4 a 9 años de prisión a seis de los ocho jóvenes acusados de integrar una patota nazi, la cual provocó destrozos y atacó a varias personas en esa ciudad balnearia.
Los jueces Roberto Falcone, Mario Portela y Bernardo Bibel resolvieron de manera unánime aplicar una pena de 9 años y 6 meses a Oleksandr Levchenko (23); 9 años a Alan Olea (29) y a Gonzalo Paniagua (26); 8 años y 6 meses a Nicolás Caputo (30); 5 años y 6 meses a Giuliano Spagnolo (21); 4 años y 6 meses a Franco Pozas (28) y 2 años de tratamiento tutelar a Marcos Caputo (19).
En esa línea, Giardono Spagnolo (23) fue absuelto al no quedar comprobada su participación en la agrupación de bandera neonazi y no haber estado involucrado en los hechos ocurridos contra personas de la comunidad trans, defensores de la igualdad de género y militantes políticos y sociales entre octubre de 2013 y febrero de 2016, según consignó el medio local La Capital.
Levechenko, Olea, Paniagua, Nicolás Caputo, que habían llegado al juicio con arresto domiciliario, y Giuliano Spagnolo quedaron detenidos tras leerse la sentencia, y permanecerán alojados en la dependencia de la Policía Federal de Mar del Plata hasta poder ser trasladados a la Unidad Penal 28 de Capital Federal.
El fiscal Juan Manuel Pettigiani, en su alegato, había pedido penas considerablemente menores: 3 años de prisión para Nicolás Caputo, 2 años y 6 meses para Gonzalo Paniagua, un año y 6 meses para Oleksandr Levchenko, y diez meses para Alan Olea y Franco Martín Pozas. Además, había solicitado que los hermanos Giuliano y Giordano Spagnolo fueran absueltos y que Marcos Caputo realizara un curso sobre Derechos Humanos.
En ese marco las querellas, representadas por la DAIA y el abogado César Sivo, habían considerado que estaba probada la existencia de una organización nazi y habían solicitado condenas de hasta 15 años de prisión.
Histórico. Este juicio significa la primera condena a un grupo que en democracia realizó violentos ataques motivados en la intolerancia y el odio de la ideología nazi. Si bien la lectura completa de la sentencia se hará el 10 de mayo, el presidente del Tribunal, Roberto Falcone, dio los principales argumentos para entender cómo llegaron a esta conclusión.
Falcone criticó a la tarea del fiscal Pettigiani, quien en su alegato no consideró que estaba probada la existencia de una agrupación criminal amparada en la ideología nazi y remarcó que tanto las golpizas, las amenazas, como los ataques adhieren a “un plan común” en el que, claramente, los condenados se sienten identificados y forman parte.
Para él, durante el debate oral la defensa y la fiscalía presentaron “un falso escenario”, en el que situaron estos delitos de odio como una confrontación entre tribus urbanas por la disputa del espacio público.“La interpretación del fiscal es errónea. Los delitos realizados por los acusados incitan al odio, a la discriminación, la violencia, todos estos sentimientos destructivos del orden social y democráticos”, manifestó el juez.
“Son delitos que incitan al odio, a la violencia. Son delitos peligrosos para para la sociedad, que envenenan el clima social y ponen en peligro el sistema de convivencia”, argumentó Falcone, quien resaltó que las víctimas no fueron elegidas al azar, sino por ser parte de colectivos vulnerables y minoritarios.
“El derecho jamás puede tratar al odio con benevolencia. En este sentido la incitación al odio hacia determinados grupos definidos crea un peligro cierto de generar un clima de violencia u hostilidad”, completó.