SOCIEDAD
Fallo histórico

El Gobierno Porteño debe dar licencia por maternidad a una madre no-gestante

Es una mujer policía a la que le negaron el pedido de licencia en diciembre del 2018. El caso es uno de los vacíos legales en torno a los nuevos modelos familiares.

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La Justicia ordenó este martes al Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a conceder la licencia por maternidad a una madre no-gestante, una mujer conocida solo por las iniciales B.A.E. que trabaja en la Policía de la Ciudad. Romina Tesone, titular del juzgado N°1 en lo Contencioso y Administrativo y Tributario, quien hizo lugar a la medida cautelar y le concedió la licencia, que no está contemplada aún en el sistema de empleo que rige a la fuerza de seguridad.

El caso comenzó el 9 de noviembre de 2018, cuando B.A.E. solicitó la licencia de 135 días a su Jefe de la Comisaría Vecinal 13 A, pedido que fue denegado. La agente justificó su pedido por el artículo 23 de la Ley 6025/18, que dispuso licencias por paternidad para empleados del Gobierno porteño. Se trata de una de las varias situaciones que no contempla la ley actual, como la de las madres no-lactantes y de las parejas homosexuales. 

Qué pasa con las licencias por maternidad en los casos de gestación por sustitución

Carla Carrizo, diputada nacional por el frente Evolución de la Ciudad de Buenos Aires, impulsa los cambios en la ley de trabajo. En diálogo con PERFIL, aseguró: "Los fallos ponen evidencia que la ley de contrato de trabajo en Argentina que regula el empleo tiene más de 60 años y no contempla los modelos familiares actuales".

"Los protagonistas de la construcción familiar están mucho más adelante que la ley. Uno tiene que judicializar porque la ley no explica lo que debería explicar qué son las nuevas relaciones familiares y laborales. Sólo se contempla un modelo familiar heterosexual con una visión absolutamente conservadora. Castiga al varón del cuidado y del afecto de los hijos y cristaliza a la mujer en la maternidad", comentó la legisladora. 

Extienden hasta 75 días la licencia por paternidad a empleados públicos de la Ciudad

En Argentina, el Ministerio de Trabajo y Producción establece que las trabajadoras tienen "derecho a tener licencia por maternidad" por de 90 días corridos. La licencia por paternidad, en cambio, es solo de dos días corridos, aunque esa cifra puede variar según la provincia, el convenio colectivo de trabajo, y la empresa en particular. Así, la responsabilidad del cuidado del recién nacido recae casi por completo sobre la mujer gestante.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires aprobó en octubre pasado una ley para que los trabajadores puedan llegar a tener hasta 75 días de licencia. En principio tienen 15 y la posibilidad de alargarla por 30 días más durante el primer mes del bebé, alcanzando un total de 45 días corridos. Además, si la mamá o persona gestante también es empleada pública le podrá transferir el último mes de licencia posterior al parto al papá. 

El 50% de los padres de Argentina no tiene licencia por paternidad

Según un relevamiento del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (Cippec), solo el 51% de las trabajadoras y el 47% de los trabajadores reciben licencias por maternidad y paternidad, ya que están restringidas a los trabajadores formales en relación de dependencia. Y los monotributistas, autónomos y trabajadores informales son una deuda pendiente, es decir no reciben licencias.

José Florito, Coordinador del Programa de Protección Social de Cippec, explicó a este medio que proponen "ampliar la licencia por paternidad a un número similar de la de maternidad y en segundo lugar generar un número de licencias familiares que pueden ser compartidos entre varón y mujer o persona gestante y no gestante de acuerdo a la decisión de cada familia".  

A su vez, Florito manifestó su objetivo de poder avanzar hacia la “universalidad de las licencias” que implica “reconocer el derecho a cuidar a las familias que hoy en día no están en el mercado formal de la economía”. “El derecho a cuidar y a ser cuidado no tiene que estar condicionado por la condición laboral porque sino sería reproducir el ciclo de la pobreza”, argumentó en diálogo telefónico con PERFIL.

A continuación, el fallo completo:

A.P./F.F.