SOCIEDAD

Histórico fallo de la Corte Suprema a favor de buscadores de internet como Google y Yahoo!

Los jueces consideraron que nocorresponde juzgar la “eventual responsabilidad” de los motores de búsquedaen los contenidos, porla demanda de la modelo María Belén Rodríguez.

El daño que le generaron los mencionados buscadores afectó a la vida de Belén Rodríguez por completo.
| Cedoc

La Corte Suprema de Justicia falló a favor de los motores de búsqueda de Internet Google y Yahoo! en la demanda que realizaron modelos publicitarias por la aparición de sus nombres en páginas vinculadas a la pornografía y la oferta sexual.

Con las firmas de los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Raúl Zaffaroni, más la disidencia parcial de Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda, el tribunal rechazó "en todas sus partes" la demanda que había entablado la modelo María Belén Rodríguez contra los principales buscadores de Internet.

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“No corresponde juzgar la eventual responsabilidad de los ‘motores de Búsqueda’ de acuerdo a las normas que establecen una responsabilidad objetiva, desinteresada de la idea de culpa”, valoraron des del tribunal. “Responsabilizar a los ‘buscadores’ por contenidos que no han creado, equivaldría a sancionar a la biblioteca que, a través de sus ficheros y catálogos, ha permitido la localización de un libro de contenido dañino, so pretexto que habría ‘facilitado’ el daño”, añadieron los jueces.

Los magistrados sostienen en su fallo que “los motores de búsqueda son los servicios que buscan automáticamente en Internet los contenidos” y determina que “a la inexistencia de una obligación general de vigilar le sigue -como lógico corolario- la inexistencia de responsabilidad” por lo que una sanción sería “injusta”.

La actriz inició acciones judiciales contra los buscadores en el año 2006. Logró un fallo favorable en primera instancia que obligaba a Google y a Yahoo a indemnizarla con 120 mil pesos y a retirar cualquier sitio que asociase su nombre o imagen con contenido de índole sexual. Posteriormente hubo una revocación del monto de la indemnización pero condenó a esas empresas por el uso indebido de las imágenes y ambas partes apelaron. El caso llegó a la Corte Suprema en agosto de 2012.