SOCIEDAD
Nuevo Código Contravencional

Legislatura porteña aprueba la ley que prohibe la actividad de "trapitos" y "limpiavidrios"

El proyecto fue aprobado tras un largo debate en la ultima sesión ordinaria del año, con 40 votos a favor y 20 en contra.

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La Legislatura porteña tratará este jueves un proyecto de ley que propone la prohibición de los denominados trapitos y los limpiavidrios, con la aplicación de multas económicas. | Cedoc

Más de 11 años después de llegar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el PRO comenzó a cumplir una de sus primeras promesas de campaña: erradicar a los "trapitos" (cuidacoches que obligan a los automovilistas a pagar un monto fijo o variable por estacionar en determinadas calles) y a los "limpiavidrios" (personas que abordan a los conductores en las esquinas e intentan cobrar por el servicio de limpiar los parabrisas).

La iniciativa, una de las propuestas de Mauricio Macri cuando se candidateaba como intendente porteño en 2007, fue aprobada este jueves por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires. El organismo parlamentario sancionó esta tarde el nuevo Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires que, entre otras cosas, prohíbe la actividad de trapitos y limpiavidrios.

El proyecto fue sancionado tras un largo debate en la ultima sesión ordinaria del año, con 40 votos a favor y 20 en contra, informó la agencia Noticias Argentinas. El oficialismo consiguió así una ley que impulsa desde hace una década, pero que nunca contó con suficiente respaldo del resto de los bloques. muchos años pero que hasta el momento no había logrado aprobar en el recinto por falta de apoyo del resto de los bloques. En 2011, la oposición municipal aprobó una norma que regulaba la actividad de los cuidacoches e incluso creaba un registro de la actividad, pero la norma fue vetada por el entonces intendente Macri.

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Bajo el nuevo Código Contravencional, queda totalmente prohibida la actividad de los cuidacoches y los limpiavidrios en la vía pública. Hasta el momento, ambas actividades eran consideradas como infracciones solo si se comprobaba que había una "exigencia" de dinero por parte de la persona que ofrecía ese servicio.

El nuevo Código establece, además, una pena agravada cuando esta contravención se realiza en grupo o de forma organizada: se puede condenar con entre 5 y 15 días de arresto a los integrantes de esa asociación "y se eleva al cuádruple para los jefes/as y/o coordinadores/as".

"¿Quien puede estar en contra de votar cuando tratamos de pelear contra las mafias?", resaltó el diputado oficialista Daniel Presti durante el tratamiento del proyecto.

F.F.