En un mensaje grabado desde la Casa de Gobierno, el Presidente Alberto Fernández anunció este viernes 30 de abril que se mantendrán las actuales restricciones hasta el 21 de mayo inclusive, pero el país quedará dividido en cuatro zonas en virtud del riesgo epidemiológico y sanitario: bajo, medio, alto y alarma.
Las medidas dependerán de tres factores: razón (aumento de casos en últimos 14 días), incidencia (cantidad de casos sobre población) y ocupación de camas de Unidad de Terapia Intensiva.
Las medidas generales para todo el país son:
- Suspensión de los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.
- Suspensión de las reuniones sociales de más de 10 personas.
- Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.
Las medidas para las zonas de alarma epidemiológica y sanitaria son las siguientes:
- Se suspenden las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.
- Suspensión de centros comerciales y shoppings.
- Locales comerciales no podrán abrir entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno. Después de las 19 la gastronomía podrá continuar con envíos a domicilio. Durante el día, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.
- Las clases presenciales se suspenden y serán exclusivamente a distancia hasta el 21 de mayo próximo. Además, se suspenden las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles.
- Se prohíbe la circulación entre las 20hs y las 6 de la mañana del día siguiente.
- Se prohíben los deportes grupales.
- Suspensión de casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
- Solo podrán utilizar el transporte público los autorizados y esenciales.
Alberto Fernández anunció restricciones hasta el 21 de mayo: "Tengo un único enemigo: el virus"
Las medidas para las zonas de alto riesgo (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) RAZÓN: MAYOR A 1.20 e b) INCIDENCIA: MAYOR A 150 c/ 100.000 habitante) son:
- Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
- Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas
- La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
- Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs.
- Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)
- Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.
- Suspensión de casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
En las zonas de riesgo medio (de más de 40.000 habitantes - Indicadores: a) RAZÓN: 0.8 a 1.2 e b) INCIDENCIA: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 habitantes) es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.