La Cámara del Crimen rechazó un habeas corpus presentado por un matrimonio que pedía volver al país y le dio la razón al Gobierno Nacional respecto al cupo de 900 pasajeros que empezó a regir el sábado. En esa línea, argumentaron que "el Poder Ejecutivo posee discrecionalidad para adoptar las medidas que resulten necesarias e idóneas".
El 17 de julio entró en vigencia el nuevo cupo semanal de ingresos de pasajeros desde el exterior que decretó el Gobierno Nacional. Ante la nueva disposición, el límite promedia un total de 900 personas que podrán desembarcar en el país de forma diaria y un aumento semanal que irá del 17 al 23 de julio a 6.300 personas.
El matrimonio pedía regresar al país por temas laborales y para atender a sus padres pero el tribunal desestimó la presentación ya que "no ha logrado demostrar que las normas que cuestiona como ilegítimas constituyan una restricción arbitraria de derechos constitucionales".
Después de la polémica por la decisión del ejecutivo de limitar a 600 los cupos diarios de gente que regresan al país, el propio gobierno decidió ir subiendo de forma paulatina el número de viajeros que regresan en vuelos internacionales.
Entre el 10 y 16 de julio, y a través de la Decisión Administrativa N° 683/21, se decidió elevar el número semanal a un cupo de 4.200 a 5.200. Este sábado empezó a regir la cifra actual de 900 viajeros diarios, y finalmente se planteó elevar a mil cupos diarios el regreso de argentinos desde el 24 de julio al 6 de agosto.
Las consideraciones del Tribunal
Uno de los argumentos que sostuvieron los jueces Hernán López y Ricardo Matías Pinto fue que el gobierno tiene discrecionalidad para llevar adelante medidas necesarias de tipo sanitario.
En esa línea, manifestaron que "en materia de política sanitaria el Poder Ejecutivo posee discrecionalidad para adoptar las medidas que resulten necesarias e idóneas".
Ante ello, consideraron que "Limitar el ingreso por un período de tiempo de momento limitado, e ir ampliado en forma paulatina la cantidad de personas constituye una restricción razonable y proporcional para los fines expuestos", teniendo en cuenta que la idea del ejecutivo es retrasar el ingreso de la variante Delta.
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Este argumento sanitario fue reafirmado por ambos jueces al considerar que el retraso de la cepa india tiene como finalidad "evitar volver a las restricciones ambulatorias mucho más estrictas a nivel local dictadas durante el transcurso del pasado año".
Finalmente, destacaron que la presentación realizada por el matrimonio no muestra urgencia en el marco que contempla la decisión administrativa.
Sobre esto, explicaron que "los accionantes alegaron que sus padres padecen de hipertensión y asma-circunstancias que no acreditaron- y que se afecta su derecho al trabajo, circunstancias que no revelan urgencia alguna que amerite excepcionar el marco general que contempla la norma".
Varados
Esta consideración de los jueces de la Cámara del Crimen choca con los números de la Asociación Internacional de Líneas Aéreas (IATA), que a fines de junio estimó que un total de 14 mil argentinos estaban varados en el exterior por turismo y trabajo.
La semana pasada, la IATA se había mostrado dura con el Gobierno y lo había acusado de "dejar tiradas" por el mundo a 1.400 personas por día. En ese contexto, el sector de las aerolíneas y el ejecutivo mantuvieron una reunión que no llegó a solucionar nada.
GI/FL