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TRAS LA SANCIÓN EN DIPUTADOS

Etiquetado frontal: las 10 cosas que hay que saber sobre la ley

Se deberán colocar octógonos negros que promuevan la alimentación saludable, y adviertan sobre los excesos en azúcares, sodio y grasas saturadas.

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Industria. El proyecto motivó un fuerte lobby en contra de las empresas alimentarias. | cedoc

Este miércoles en la madrugada se convirtió en ley la iniciativa de etiquetado frontal, que obliga a los productores de alimentos envasados a incluir octógonos negros que adviertan sobre los excesos en materia de azúcares, sodio, calorías y de grasas saturadas y totales.

El Poder Ejecutivo es el encargado de llevar adelante la reformulación del texto del Código Alimentario Argentino a efectos de adecuar sus disposiciones a la ley. El objetivo planteado es la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles.

El proyecto ya contaba con media sanción de la Cámara Alta desde octubre 2020, y fue impulsado nuevamente este año previo a las Elecciones Generales del 14 de noviembre, lo que generó tensión y especulación política.

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Diputados dio media sanción y aprobó la ley de Etiquetado Frontal de Alimentos

Diputados dio media sanción al proyecto de alivio fiscal para entidades, minipymes y monotributistas
Diputados dio media sanción y aprobó la ley de Etiquetado Frontal de Alimentos.

Los puntos más importantes

  • Los alimentos y bebidas analcohólicas envasados y comercializados en la Argentina deben colocar leyendas como "Exceso en azúcares", "Exceso en sodio", "Exceso en grasas saturadas", "Exceso en grasas totales", y/o "Exceso en calorías".
  • En caso de contener edulcorantes, el envase debe llevar una leyenda precautoria, por debajo de los sellos de advertencia, con la leyenda: "Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as".
  • En caso de contener cafeína, de igual manera, el envase debe presentar una leyenda precautoria por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: "Contiene cafeína. Evitar en niños/as".
  • El sello adoptará la forma de octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas. El tamaño de cada sello no será nunca inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase.
  • No podrá estar cubierto de forma parcial o total por ningún otro elemento. En caso de que el área de la cara principal del envase sea igual o menor a 10 centímetros cuadrados y contenga más de un sello, la autoridad de aplicación determinará la forma adecuada de colocación de los sellos.
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Etiquetado frontal de alimentos.
  • Se exceptúa de la colocación de sello en la cara principal al azúcar común, aceites vegetales y frutos secos.
  • Se prohíbe que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan algún sello de advertencia incorporen en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles, personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas, etcétera.
  • Se prohíbe la promoción o entrega a título gratuito de productos con octógonos.
  • El Consejo Federal de Educación deberá promover la inclusión de actividades didácticas y de políticas que establezcan los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en los establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario del país.
  • El Estado nacional priorizará las contrataciones de los alimentos y bebidas analcohólicas que no cuenten con sellos de advertencia.

De chocotortas a choripanes: los cruces del debate por el Etiquetado Frontal

Cifras alarmantes

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Obesidad infantil.

De acuerdo a los datos oficiales de la Secretaría de Salud de la Nación, más del 40% de niños, niñas y adolescentes de nuestro país tienen sobrepeso u obesidad y esos números están creciendo.

De igual modo, un informe de investigación realizado por la Fundación Interamericana del Corazón en Argentina reveló que 2 de cada 10 publicidades corresponden a alimentos, de los cuales “la mayoría contienen alto contenido de azúcar, grasas y sal”. El informe también observó que las estrategias publicitarias de incluir personajes animados, o personas famosas son más utilizadas durante los programas dirigidos a audiencias infantiles que a aquellos de público general.

El etiquetado frontal es ley. Cabe recordar que desde 1999 se han presentado más de 100 proyectos relativos a la modificación de los regímenes de etiquetado o creación de nuevas normas.

BF